Alerta de Novedades Legales

2 febrero 2021

Resumen de medidas - 2 de febrero 2021

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02/01/2021

RESUMEN DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)

A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual. 

Para más información, pueden acceder  a nuestro nuevo portal pagbam.com/coronavirus

Presidente de la Nación

Decreto 67/2021 (30/1/2021):
 
Se establece desde el 1 de febrero hasta el 28 de febrero de 2021, inclusive, el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, para las personas que se encuentren en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos que cumplan positivamente los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios: a) Sistema de salud con capacidad suficiente y adecuada; b) Región no definida como de “transmisión comunitaria sostenida”; y c) Razón de casos confirmados (el cociente entre el total de casos confirmados de las últimas 2 semanas epidemiológicas cerradas y el total de casos confirmados correspondientes a las dos semanas previas) deberá ser inferior a 0,8. Las regiones que no cumplan positivamente con estos parámetros se encontrarán alcanzadas por las disposiciones del aislamiento social, preventivo y obligatorio. A la fecha de dictado del presente decreto, todo el territorio argentino se encuentra sujeto al distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
 
Sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria local que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas permitiendo como máximo el uso del 50% de su capacidad. 
 
Asimismo, se encuentran prohibidas las siguientes actividades: (i) Eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente; (ii) Eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas; (iii) Práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes; (iv) Cines, teatros, clubes y centros culturales; y (v) Servicio público de transporte urbano de pasajeros en el aglomerado del AMBA, salvo para los casos expresamente autorizados.
 
Finalmente, se prorroga hasta el 28 de febrero de 2021 la vigencia de las normas complementarias del Decreto 297/2020 y sus prórrogas, en cuanto resulten aplicables, así como la vigencia de la prohibición de ingreso al territorio nacional con los alcances previstos en normas complementarias.

Jefatura de Gabinete de Ministros

Decisión Administrativa 44/2021 (B.O. 1/2/2021):
 
Se prorroga hasta el 28 de febrero de 2021 la vigencia de la Decisión Administrativa Nº 2252/2020. Durante ese período (i) continúa la suspensión de la vigencia de la Decisión Administrativa Nº 1949/2020 que autorizó una prueba piloto para la reapertura del turismo receptivo para turistas, provenientes de países limítrofes, y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA); (ii) la Administración Nacional de Aviación Civil mantendrá la suspensión de las autorizaciones que se hubieran otorgado de las rutas aéreas de los vuelos directos procedentes del Reino Unido; (iii) la Dirección Nacional de Migraciones habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, y para el egreso de las personas del territorio nacional y la individualización de los supuestos de excepción; y (iv) se mantienen los requisitos que deben cumplir los autorizados a ingresar al territorio nacional en el lapso señalado (declaración jurada, PCR y cuarentena, entre otras exigencias).
 
Asimismo, se establece que la Dirección Nacional de Migraciones y la Administración Nacional de Aviación Civil coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros que ingresarán en forma paulatina y diaria al país, especialmente a través de vuelos provenientes de Estados Unidos, México, Europa y Brasil, manteniendo reducidas las frecuencias de vuelos de pasajeros a los 3 primeros destinos en un 30% y a Brasil en un 50%.

Ministerio de Salud

Resolución 9/2021 y Resolución 8/2021 de la Secretaría de Calidad en Salud (B.O. 29/1/2021):
 
Se aprueban las Recomendaciones para el uso con fines terapéuticos en pacientes con COVID-19 de: (i) Inmunoglobulinas equinas Fragmentos F (ab´) (conf. Res. 8/2021); y (b) Plasma de pacientes recuperados (conf. Res. 9/2021). 

Administración Federal de ingresos Públicos

Resolución General 4926/2021 (B.O. 1/2/2021):
 
Se suspende hasta el 28 de febrero de 2021, inclusive: (i) la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin perjuicio del ejercicio de las facultades de la AFIP en caso de gravedad o prescripción inminente; y (ii) la traba de medidas cautelares para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
 
Resolución General 4921/2021 (B.O. 29/1/2021):
 
Se extienden hasta el 30 de abril de 2021, inclusive, las disposiciones contenidas en las Resoluciones Generales Nº 4685 (que establece la utilización obligatoria de la modalidad “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones ante la AFIP), Nº 4699 (que exime a los contribuyentes y responsables de la obligación de registrar sus datos biométricos a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran) y Nº 4727 (que prevé la posibilidad de efectuar el blanqueo de la Clave Fiscal -a efectos de obtener el Nivel de Seguridad 3- a través de los cajeros automáticos de entidades bancarias; y establece que los sujetos que requieran acreditar su carácter de apoderados -a los fines de revestir la condición de administrador de relaciones- suministren la documentación necesaria mediante el servicio “Presentaciones Digitales”).
 
Resolución General 4918/2021 (B.O. 28/1/2021):
 
Se extiende hasta el 1 de abril de 2021 la suspensión del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Asimismo, se extiende la suspensión de la consideración de los meses de enero, febrero y marzo de 2021 a los efectos del cómputo del plazo previsto en el Artículo 36 del Decreto Nº 1/2010 para la aplicación de la baja automática del mencionado régimen.
 
Resolución General 4917/2021 (B.O. 28/1/2021):
 
Se extiende hasta el 31 de marzo de 2021 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento del régimen de facilidades de pago para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras implementado por la Resolución General Nº 4268.

Dirección Nacional de Migraciones

Disposición 233/2021 (B.O. 1/2/2021): 
 
Se prorroga hasta las 28 de febrero de 2021, inclusive la vigencia de la Disposición DNM Nº 3911/2020 y su modificatoria, que habilitó el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini y el Aeropuerto Internacional San Fernando para el ingreso y egreso de (i) nacionales o extranjeros residentes en el país y (ii) extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes en el país, y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad, y no requieran visado; y el Puerto de Buenos Aires (Terminal Buquebus) exclusivamente para el ingreso y egreso de nacionales o extranjeros residentes en el país.
 
Aquellas personas que hayan egresado del país por medio de pasos fronterizos terrestres entre el 1 de abril de 2020 y 25 de diciembre de 2020, podrán ingresar por cualquiera de los pasos habilitados a tal efecto.

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