Alerta de Novedades Legales

4 septiembre 2024

Alerta de Novedades Legales - Edición Especial: Aduanero

PAGBAM Legal News Alert Special Edition - Alerta de Novedades Legales Edición Especial - Derecho Aduanero

4/9/2024

ALERTA DE NOVEDADES LEGALES

LEGAL NEWS ALERT

Derecho Aduanero

Customs Law

Se modifica el Régimen de Importación Temporaria de mercaderías y el sistema de pago a cuenta del Impuesto PAÍS

El 3 de septiembre de 2024 entró en vigencia el Decreto N° 779/2024 (el “Decreto”) que introduce modificaciones al Régimen para importar mercaderías destinadas a la reposición establecido en el Decreto N° 1330/2004.

En particular, el Decreto eliminó el requisito de que las mercancías provengan del mismo origen para poder utilizar la importación destinada a reponer existencias, modificó el plazo para realizar dicha importación, estableciendo que el mismo será de 360 días a contar desde la fecha de registro de la solicitud de destinación definitiva de exportación para consumo, y estableció que la Subsecretaría de Comercio Exterior de la Subsecretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía será la autoridad competente para emitir la autorización para la importación de mercadería con el beneficio de reposición de stock. Estas medidas comenzarán a regir a partir de la fecha de entrada en vigencia de la normativa complementaria que dicte la Autoridad de Aplicación.

Por otra parte, el Decreto dispuso que en determinados supuestos de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo una destinación suspensiva de importación temporaria, la Administración Federal de Ingresos Públicos ("AFIP") podrá percibir el pago del 100% del Impuesto PAIS, haciendo efectiva dicha percepción al momento del registro de la correspondiente solicitud de destinación definitiva de importación para consumo. 

Asimismo, el 3 de septiembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 5559/2024 de la AFIP (la “Resolución”), dictada en el marco de las modificaciones introducidas por los Decretos N° 777/2024 y 779/2024. 

En particular, la Resolución adecúa el pago a cuenta del Impuesto PAIS de conformidad con la reducción de su alícuota al 7,125%, aplicable a las importaciones de las mercaderías incluidas en el Anexo I del Decreto N° 99/2019 y sus modificatorios, y establece que para el caso de operaciones de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo una destinación suspensiva de importación temporaria, la AFIP percibirá el 100% del Impuesto PAIS al momento del registro de la correspondiente solicitud de destinación definitiva de importación para consumo.

Para mayor información, por favor contactar a Andrés M. Galíndez y Germán A. Martín Quirán.

The regime of temporary imports for industrial use and the system of payment on account of the PAÍS Tax were amended

On September 3, 2024, Decree No. 779/2024 (the “Decree”) became effective. It amends the Regime of temporary import for industrial use (Repostock) established by Decree No. 1330/2024. 

In particular, the Decree abolished the requirement for goods to come from the same origin in order to be able to use the import to replenish stocks, modified the period within which these imports must be carried out, establishing that it will be 360 days from the date of the registration of the permanent export, and established that the Undersecretariat of Foreign Trade of the Undersecretariat of Industry and Trade of the Ministry of Economy will be the competent authority to issue the authorisation for the import of goods intended to replenish stocks. These measures will enter into force on the date of entry into force of the complementary regulations issued by the enforcement authority.

Moreover, the Decree established that in the case of permanent import of goods that were registered as temporary imports, the Federal Tax Authority ("AFIP", after its Spanish acronym) will receive the 100% of the PAIS Tax (“Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria”, “PAIS” after its Spanish acronym) at the time of the registration of the permanent import operation. 

Finally, on September 3, 2024, General Resolution No. 5559/2024 of the AFIP  (the "Resolution") was published in the Official Gazette, based on the amendments made by Decrees No. 777/2024 and 779/2024. 

The Resolution adjusts he system of payment on account of the PAIS Tax pursuant to the rate reduction at 7,125% for imports included in Annex I of the Decree No. 99/2019 and its amendments, and also establishes that in the case of permanent import of goods that were registered as temporary imports, the AFIP will receive the 100% of the PAÍS Tax at the time of the registration of the permanent import.

For further information, please refer to Andrés M. Galíndez and Germán A. Martín Quirán.

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