03/04/2020
RESUMEN - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas esta semana por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
Para más información, pueden acceder a nuestro nuevo portal pagbam.com/coronavirus
|
Jefe de Gabinete de Ministros
|
Decisión Administrativa 450/2020:
Se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, el que ahora también incluye:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
Las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.
|
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
|
Resolución 296/2020:
Se dispone la prórroga automática de las medidas adoptadas en las Resoluciones Nº 207/2020 y Nº 233/2020 del MTESS, por el plazo que dure la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio. |
Ministerio de Desarrollo Productivo
|
Resolución 105/2020 de la Secretaría de Comercio Interior:
Se prorroga la suspensión de plazos procedimentales y/o procesales en todos los expedientes en trámite por las Leyes 19.511, 22.802, 24.240, 25.156, 26.993, y 27.442, y el Decreto N° 274/2019, por el período comprendido hasta el día 12 de abril de 2020, inclusive.
Se suspenden los plazos, procedimientos y audiencias realizadas en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO, sin perjuicio de la validez de los actos que se celebren, sean en forma presencial, a distancia o por medios electrónicos, desde el 31 de marzo hasta el 12 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.
|
Ente Nacional de Comunicaciones
|
Resolución 326/2020:
Se suspenden los plazos de los procedimientos administrativos a partir del 16 de marzo de 2020 y hasta el 12 de abril de 2020, inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. Se establecen ciertas excepciones.
Se prorroga por 60 días la vigencia de los permisos, autorizaciones, registros, inscripciones y licencias cuyos vencimientos o plazo opere desde el 16 de marzo y hasta el 16 de mayo de 2020.
|
Instituto Nacional de Vitivinicultura
|
Resolución 17/2020:
Se establece de forma transitoria que el alcohol etílico intervenido en procedimientos por infracción a la Ley N° 24.566, se destinará preferente a combatir la emergencia por Coronavirus.
Resolución 18/2020:
Se establece de forma transitoria que aquellos productos calificados en forma definitiva como “PRODUCTO GENUINO - AVERIADO” y/o “NO CORRESPONDE A SU ANÁLISIS DE ORIGEN” que se encuentren intervenidos a granel, tendrán como destino prioritario la destilación para ser consignada a combatir la emergencia por Coronavirus.
|
Comisión Arbitral del Convenio Multilateral 18.08.77
|
Disposición 3/2020:
Se prorroga la declaración de días inhábiles declarados por la Comisión Arbitral a través de la Resolución General C.A. N°.1/2020 hasta el miércoles 8 de abril de 2020 inclusive.
|
Administración General de Puertos
|
Disposición 36/2020:
Se aprueba el “PROTOCOLO DE APLICACIÓN EN EL AMBITO DEL PUERTO BUENOS AIRES FRENTE A LA PROPAGACION DEL CORONAVIRUS (COVID-19)”.
|
Provincia de Buenos Aires
|
Decreto Nº 194/2020 –Abstención de corte de servicios en caso de mora o falta de pago
Se adhiere a lo dispuesto en el Decreto Nacional N°311/2020, y se estableció que los prestadores de los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires no podrán disponer la suspensión o el corte de los citados servicios a los usuarios que indica el artículo 3° del Decreto Nacional N°311/2020, en caso de mora o falta de pago de hasta tres (3) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020.
Esta medida regirá desde el 3 de abril de 2020 y mientras se encuentre vigente el plazo dispuesto por el Decreto Nacional N°311/2020 y sus eventuales prórrogas (a la fecha el plazo es de 180 días).
|
|
|