16/04/2020
RESUMEN - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas esta semana por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
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Decreto 355/2020 (B.O. 11/4/2020):
Se prorroga hasta el día 26 de abril de 2020, inclusive, la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Asimismo, se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, podrá, a pedido de los Gobernadores o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, exceptuar del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, al personal afectado a determinadas actividades y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas.
Asimismo, por medio de la Decisión Administrativa 497/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros (B.O. 14/4/2020) se establece la integración y la modalidad bajo la cual la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” desarrollará sus funciones de recomendación sobre las excepciones antes mencionadas, al Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la referida Unidad.
Decreto 365/2020 (B.O. 11/4/2020):
Se prorroga, hasta el día 26 de abril de 2020, inclusive, la vigencia de la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, a las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior.
Decreto 372/2020 (B.O. 14/4/2020):
Se prorroga hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, la suspensión del curso de los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. Se exceptúa de la suspensión a todos los trámites administrativos que se relacionen con la emergencia sanitaria nacional. Se faculta a las entidades del Sector Público Nacional a disponer excepciones.
Decreto 367/2020 (B.O. 14/4/2020):
Se establece que la enfermedad COVID-19 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional respecto de los trabajadores dependientes excluidos del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio por realizar actividades declaradas esenciales. Las A.R.T. no podrán rechazar la cobertura. La determinación definitiva del carácter profesional estará a cargo de la Comisión Médica Central, que establecerá si hubo relación de causalidad directa e inmediata. En los casos de trabajadores de la salud, se considerará que la enfermedad COVID-19 guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, salvo prueba en contrario.
Las presunciones rigen hasta los 60 días posteriores a la finalización de la emergencia pública en materia sanitaria realizada en el Decreto 260/2020, y sus eventuales prórrogas.
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Jefe de Gabinete de Ministros
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Decisión Administrativa 490/2020 (B.O. 11/4/2020):
Se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, el que ahora también incluye:
- Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente.
- Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.
- Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
- Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
- Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.
Las personas alcanzadas, con excepción de las previstas por los puntos 1 y 2, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19.
Asimismo, por medio de la Resolución 77/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad (B.O. 13/4/2020) se reglamenta las excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio vinculadas previstas en los puntos 1 y 2.
Disposición 53/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones (B.O. 11/4/2020):
Se modifican los pasos a seguir en la implementación práctica de los procedimientos de selección para la contratación de bienes y servicios en el marco de la emergencia.
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Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
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Resolución 42/2020 (B.O. 11/4/2020):
Se aprueba el modelo de Constancia de Inscripción y Declaración Jurada para el Transporte Interjurisdiccional de Trabajadores relacionados a actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, el que se emitirá por medio electrónico, desde el portal web oficial del MAGyP. La Constancia deberá ser presentada a las autoridades del Ministerio de Transporte, a los fines de la tramitación de las excepciones a la prohibición de Transporte Interjurisdiccional.
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Ministerio de Desarrollo Productivo
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Resolución 14/2020 de la Secretaría de Minería (B.O. 15/4/2020):
Se prorroga hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley 24.196 de Actividad Minera y sus modificatorias. También se suspende el cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias.
Resolución 50/2020 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (B.O. 16/4/2020):
Se autoriza la celebración de contratos de garantía recíproca mediante instrumentos particulares no firmados, recurriendo a documentos electrónicos que cuenten con firmas electrónicas. El certificado de garantía que emita la Sociedad de Garantía Recíproca deberá ser suscripto con firma digital.
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Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
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Disposición 4/2020 de la Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo (B.O. 16/4/2020):
Se prorroga, a partir del 13 de abril del 2020 y por el plazo que dure la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio, la suspensión de los plazos en los expedientes y sumarios administrativos de fiscalización que tramitan en el marco de los procedimientos establecidos por la Ley 18.695 (infracciones a las normas de ordenamiento y regulación de la prestación de trabajo), la Resolución 655/2005 MTEySS (Sistema Único de la Seguridad Social) y el Decreto 1694/2006 (empresas de servicios eventuales), así como también para la tramitación de rúbrica de libros y relevamiento de documentación laboral. Por el mismo plazo se suspenden las audiencias de descargo.
Las prórrogas establecidas no serán de aplicación a la tramitación de expedientes que involucren la comisión de las infracciones consideradas graves y muy graves en los términos de la Ley 25.212.
Resolución 259/2020 de la Secretaría de Trabajo (B.O. 15/4/2020):
Se prorroga por 120 días corridos la vigencia de los mandatos de: (i) los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, y de (ii) los delegados del personal, comisiones internas y organismos similares, cuyos mandatos venzan entre el 16 de marzo y el 30 de junio de 2020. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente al de la fecha de culminación de los mandatos.
Disposición 7/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (B.O. 15/4/2020):
Se pospone hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, el plazo de adhesión al régimen de facilidades aprobado por Resolución SRT 11/2020. También se determina que el vencimiento de pago de la primera cuota operará 20 de septiembre de 2020. Los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 20 de cada mes o inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil.
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Resolución 90/2020 (B.O. 16/4/2020):
Se aprueba el procedimiento para la autorización de traslados excepcionales, peticionados por razones de carácter sanitario y/o humanitario y/o de abastecimiento, previstos en el artículo 6° de la Resolución 71/2020 del Ministerio de Transporte.
Resolución 89/2020 (B.O. 11/4/2020):
Se modifican los esquemas para prestación de servicios de transporte automotor y ferroviario de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional.
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Ministerio de Turismo y Deportes
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Resolución 157/2020 (B.O. 14/4/2020):
Se prorroga hasta el 31 de mayo de 2020, inclusive, la facultad de los agentes de viaje de atender al público exclusivamente por canales electrónicos a fin de evitar el contacto físico y la propagación del COVID-19. Asimismo, se prorroga por el mismo término la suspensión de plazos de todos los trámites que las agencias de viajes deban cumplir ante el MTyD.
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Administración Federal de Ingresos Públicos
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Resolución General 4695/2020 (B.O. 13/4/2020):
Se fija una feria fiscal extraordinaria entre los días 13 y 26 de abril de 2020, ambos inclusive, que implica la suspensión de los plazos procedimentales respecto de las materias impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.
Resolución General 4698/2020 (B.O. 16/4/2020):
Se modifica la Resolución General 4.693/2020 a fin de extender, hasta el 16 de abril de 2020, el plazo para la registración y suministro de información por parte de los empleadores que deseen acceder a los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Resolución General 4696/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se exceptúa por un plazo de 60 días, del régimen de percepción del I.V.A. a las mercaderías que se encuentren comprendidas en el Decreto N° 333/20 y las que en el futuro se incluyan (insumos vinculados al tratamiento del COVID-19).
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Administración Nacional de la Seguridad Social
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Resolución 90/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se declara al “Servicio de Atención Telefónica” de la ANSES mediante su Línea 130, como servicio esencial e indispensable para la comunidad.
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Agencia de Acceso a la Información Pública
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Resolución 70/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se exceptúa de la suspensión de los plazos administrativos a los trámites previstos por la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública y por la Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales.
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Agencia Nacional de Aviación Civil
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Resolución 125/2020 (B.O. 16/4/2020):
Se aprueba el "Procedimiento excepcional de contingencia para la presentación de Plan de vuelo“, que se mantendrá en vigencia mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Resolución 122/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se aprueba el modelo de certificación de afectación a actividades y servicios aéreos declarados esenciales en la emergencia, el que puede ser consultado en la web de ANAC.
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Banco Central de la República Argentina
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Comunicación “A” 6964/2020 (B.O. 14/4/2020):
Se dispone que, respecto de las financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito, los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de tarjeta de créditos que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril deberán ser automáticamente refinanciados como mínimo a un año de plazo con 3 meses de gracia en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, pudiendo solamente devengar interés compensatorio, y ningún otro recargo. Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados, total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera. La tasa de interés aplicables a las deudas de tarjeta de crédito se establece en 43%.
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Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77
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Disposición 4/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentación mensual de las declaraciones juradas –Formularios CM03 y CM04– y los pagos respectivos del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al anticipo del mes de marzo de 2020, para ciertos contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral.
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Inspección General de Justicia
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Resolución General 15/2020 (B.O. 13/4/2020):
Se dispone que hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, no se dará curso a los expedientes iniciados antes del 17 de marzo; suspendiendose a su vez la presentación de las comunicaciones a cargo de las sociedades de capitalización y ahorro.
Resolución General 14/2020 (B.O. 11/4/2020):
Se dispone que las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de “grupos cerrados”, deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido con anterioridad al 30 de septiembre de 2019, la opción de diferir la alícuota y las cargas administrativas.
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Instituto Nacional de la Propiedad Industrial
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Resolución 34/2020 (B.O. 13/4/2020):
Se prorroga la suspensión de plazos en todos los trámites ante el INPI desde el 13 de abril hasta el 26 de abril de 2020, ambos días inclusive.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
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Acordada 10/2020 (12/4/2020):
Se prorroga la feria extraordinaria desde el 13 al 26 de abril de 2020, ambos incluidos.
Acordada 11/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se aprueba el uso de de la firma electrónica y digital en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de los diferentes actos jurisdiccionales y administrativos que suscriban los Señores Ministros y los Señores Secretarios de dicho Tribunal, por lo que el soporte papel no será necesario.
Acordada 12/2020 (B.O. 15/4/2020):
Se aprueba el uso de la firma electrónica y digital en el ámbito del Poder Judicial de la Nación respecto de todos los magistrados y funcionarios de las instancias inferiores que desarrollan su actividad con el Sistema de Gestión Judicial. Se aprueba el "Procedimiento de recepción de demandas, interposición de recursos directos y recursos de queja ante Cámara", el que entrará en vigencia a partir del día 20 de abril del 2020.
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