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RESUMEN DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas en el día de hoy por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
Para más información, pueden acceder a nuestro nuevo portal pagbam.com/coronavirus
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Ministerio de Turismo y Deportes
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Resolución 371/2020:
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, la facultad de los agentes de viaje de atender al público exclusivamente por canales electrónicos a fin de evitar el contacto físico y la propagación del COVID-19. Asimismo, se prorroga hasta el 31 de octubre de 2020, inclusive, la suspensión de plazos de todos los trámites que las agencias de viajes deban cumplir ante el MTyD. A su vez, se prorroga hasta el día 31 de diciembre de 2020, inclusive, la dispensa del pago de los aranceles de todos los trámites que por cualquier concepto se deba abonar al MTyD. Finalmente, se establece que las agencias de viaje que no hayan presentado a la fecha la renovación de las garantías correspondientes al Fondo de Garantía previsto en los artículos 6º de la Ley 18.829, deberán cumplir con dicha obligación en el plazo comprendido entre los días 1 y 15 de septiembre de 2020.
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Administración Nacional de la Seguridad Social
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Resolución 309/2020:
Se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones puestas al pago durante los meses de septiembre y octubre de 2020. Las entidades pagadoras conservan la responsabilidad del control de la supervivencia de los beneficiarios.
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Banco Central de la República Argentina
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Comunicación “A” 7095/2020:
Se dispone que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito que operen a partir entre el 1 y el 30 de septiembre de 2020, deberán ser automáticamente refinanciados como mínimo a un año de plazo con 3 meses de gracia en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, pudiendo solamente devengar interés compensatorio, y ningún otro recargo, que no podrá superar el 40% nominal anual. Asimismo, se agrega que esos saldos refinanciados podrán ser precancelados, total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera, opción que la entidad financiera deberá informarle junto con las modalidades para efectuarlo.
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Instituto Nacional de la Propiedad Industrial
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Resolución 127/2020:
Se prorroga hasta el 20 de septiembre de 2020, inclusive, la suspensión de plazos en todos los trámites ante el INPI, y se continúa con el mantenimiento de guardias mínimas y atención por turnos.
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