El presente trabajo tiene como finalidad brindar una opinión novedosa, útil y breve sobre la antigua discusión respecto de si las resoluciones que imponen costas son apelables o no. La condena en costas representa una obligación de contenido pecuniario para quien le ha sido impuesta, y a la inversa constituye el reconocimiento por el trabajo profesional realizado en un proceso judicial. El obligado al pago de costas judiciales debe tener derecho a que tanto el juez que la impuso como un tribunal superior, revise las circunstancias fácticas y jurídicas que originaron esa imposición. De la misma forma, ante la eximición o distribución de costas por su orden, cualquiera de las partes debe tener derecho a cuestionar esa decisión.
27 de diciembre, 2023
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (PAGBAM) promueve dos socias y dos consejeros
21 de noviembre, 2024