El 16 de septiembre de 2019, fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nº 552/2019 (la “Resolución”) de la Secretaría de Energía (la “Secretaría”). La Resolución fue dictada a fin de atenuar el impacto que el Decreto Nº 566/2019 y su modificatorio, el Decreto Nº 601/2019 (los “Decretos”) generaron a las empresas productoras de petróleo y biocombustibles.
La Resolución dispuso la transferencia a las empresas productoras de petróleo de $116,10 por barril de petróleo entregado al mercado local durante el mes de septiembre de 2019. Los montos se abonarán en un 88% a las empresas productoras de petróleo y en un 12% a las provincias en cuya jurisdicción se encuentre la concesión en la cual se ha producido el petróleo.
Asimismo, se dispuso la transferencia a las empresas productoras de biocombustibles beneficiarias del régimen de promoción de biocombustibles (leyes 26.093 y 26.334), de un 6% del precio establecido por la Secretaría para el mes de agosto de 2019, aplicable a la producción entregada al mercado local durante septiembre de 2019.
A fin de obtener este beneficio las empresas productoras de petróleo y de las provincias concedentes deberán renunciar a todo derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral en la República Argentina, en el extranjero y en el ámbito internacional, con relación a los Decretos. Asimismo, las empresas productoras de petróleo deberán acompañar una declaración por la que se obliguen a mantener indemne al Estado Nacional por cualquier acción o reclamo de sus accionistas o sociedades controlantes, controladas o vinculadas con relación a los Decretos.
El artículo 5º de la Resolución prevé similares requisitos para las empresas productoras de biocombustibles, relacionados con las normas que establecen la metodología de determinación de precios de biocombustibles y las que definen sus respectivos precios en el marco del régimen de promoción previsto en la ley 26.093.
Por último la Resolución encomendó a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles a implementar, gestionar y administrar el procedimiento y las transferencias efectivas establecidas por la Resolución.
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Published on the Official Gazette on September 16th, 2019, Resolution No. 552/2019 (the “Resolution”) of the Secretariat of Energy was issued in order to mitigate the impact of Decree No. 566/2019, as amended by Decree No. 601/2019 (the “Decrees”) on crude oil and biofuel producing companies.
The Resolution provided for the transfer to oil producing companies of AR$116.10 per barrel of oil delivered to the local market during the month of September 2019. These amounts will be allocated to oil companies (88%) and the relevant provinces (12%).
In addition, biofuel producing companies benefiting from the biofuels promotional regime (laws 26,093 and 26,334) are eligible for a transfer equivalent to 6% of the price established by the Secretariat for the month of August 2019, applicable to the production delivered to the local market during September 2019.
In order to obtain the benefits of the Resolution, the transfer request must be accompanied by a waiver of rights, actions or administrative, judicial, extrajudicial or arbitral claims in the Republic of Argentina, overseas and internationally in relation to the Decrees. Furthermore, oil companies must provide a declaration by which they undertake to indemnify the National State for any action or claim by their shareholders or affiliates in connection with the Decrees.
Article 5 of the Resolution includes similar requirements for biofuel producing companies in connection with the norms that establish the methodology for determining biofuel prices and those that define their respective prices within the framework of the promotional regime of law 26,093.
Lastly, the Resolution instructed the Undersecretariat of Hydrocarbons and Fuels to implement, operate and manage the procedure and effective transfer established by the Resolution.
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