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RESUMEN DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas en el día de hoy por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
Para más información, pueden acceder a nuestro nuevo portal pagbam.com/coronavirus
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Jefatura de Gabinete de Ministros
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Decisión Administrativa 1524/2020:
Se exceptúa del distanciamiento social, preventivo y obligatorio al desarrollo de la actividad turística local, en el ámbito del Parque Nacional Iguazú, exclusivamente para residentes de la Provincia de Misiones, y a la actividad turística y al alojamiento turístico que se desarrolle en el ámbito del Parque Nacional Iberá, exclusivamente para los residentes de la Provincia de Corrientes.
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Administración Federal de Ingresos Públicos
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Resolución General 4794/2020:
Se fija un nuevo período de feria fiscal extraordinaria entre los días 17 y 30 de agosto de 2020, ambos inclusive.
Resolución General 4795/2020:
Se extiende hasta el día 21 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para solicitar el beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
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Administración Nacional de la Seguridad Social
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Resolución 294/2020:
Se amplían los trámites a distancia que podrán ser recepcionados mediante el sistema “Atención Virtual”, incluyendo los referentes a reajuste por fallo judicial, citados para agregar documentación o cese de servicios y cambio de obra social.
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Dirección Nacional de Migraciones
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Disposición 2916/2020:
Se prorroga por otros 30 días corridos la vigencia de la Disposición DNM 1714/2020 (prorrogada por el mismo plazo mediante las Disposiciones DNM 1923/2020, 2205/2020, 2434/2020 y 2631/2020) que había dispuesto la ampliación de la vigencia de la documentación emanada de la DNM (residencias temporarias, residencias transitorias, Certificados de Residencia Precaria e inscripciones en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros y en el Registro Nacional de Apoderados de Inmigrantes) por 30 días contados desde la fecha de su vencimiento.
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