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RESUMEN SEMANAL DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas en el día de hoy por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
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Jefe de Gabinete de Ministros
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Decisión Administrativa 745/2020:
Se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio a las personas afectadas a la obras privadas en Gran Santa Fe y Gran Rosario (Provincia de Santa Fe) que se realicen con no más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el mismo lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento. El ejercicio de la actividad a que refiere el artículo 1° se encuentra sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca.
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Ministerio de Desarrollo Social
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Resolución 262/2020:
Se autoriza a los progenitores o la persona adulta responsable de niños de hasta 12 años a ingresar con ellos a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable.
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Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
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Resolución 407/2020:
Se exceptúa de la suspensión de los plazos administrativos a los procesos licitatorios que el titular de la Subsecretaría de Gestión Administrativa considere pertinentes, referidos a servicios de mantenimientos informáticos y edilicios preventivos y correctivo, locaciones de inmuebles, servicios de fumigación y de limpieza y adquisición de insumos y bienes en función a las necesidades del Organismo.
Resolución 408/2020:
Se autoriza a los empleadores que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes correspondiente al mes de abril de 2020 en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores dependientes del beneficio del Salario Complementario, instituido por el Decreto Nº 332/2020 y sus modificatorios, y cuyo monto, sumado el pago del beneficio del Salario Complementario correspondiente a dicho mes, supere el monto que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador por parte de su empleador, imputar el monto excedente a cuenta del pago del salario correspondiente al mes de mayo de 2020.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Acceso a la Justicia
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