Alerta de Novedades Legales

15 octubre 2020

Resumen semanal de medidas - 15 de octubre

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15/10/2020

RESUMEN SEMANAL DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)

A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas esta semana por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual. 

Para más información, pueden acceder  a nuestro portal pagbam.com/coronavirus

Poder Ejecutivo Nacional

Decreto 795/2020 (B.O. 13/10/2020): 
 
Se reglamenta la Ley 27.563 de Sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional.
 
Decreto 794/2020 (B.O. 12/10/2020): 
 
Se prorroga hasta el 25 de octubre de 2020, inclusive, la suspensión del curso de los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. Se exceptúa de la suspensión a todos los trámites administrativos que se relacionen con la emergencia nacional y a los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto 1023/2001.
 
Decreto 792/2020 (B.O. 12/10/2020): 
 
Se prorroga desde el 12 de octubre hasta el 25 de octubre de 2020, inclusive, el aislamiento social, preventivo y obligatorio, para las personas que se encuentren en los aglomerados urbanos que no cumplan positivamente los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios: a) Sistema de salud con capacidad suficiente y adecuada; b) Región no definida como de "transmisión comunitaria"; y c) Razón de casos confirmados (el cociente entre el total de casos confirmados de las últimas 2 semanas epidemiológicas cerradas y el total de casos confirmados correspondientes a las dos semanas previas) deberá ser inferior a 0,8. Al momento son: Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil de la provincia de Buenos Aires, los departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco de la provincia de Chaco, los departamentos de Biedma y Escalante en la provincia del Chubut, los departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín en la provincia de Córdoba, los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro de la provincia de Jujuy, los departamentos Capital y Chilecito de la provincia de La Rioja, los departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato de la provincia de Mendoza, los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala, en la provincia del Neuquén, los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca de la provincia de Río Negro, los departamentos de Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital de la provincia de Salta, el departamento de Rawson y Capital en la provincia de San Juan, el departamento de General Pedernera en la provincia de San Luis, los aglomerados de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia de la provincia de Santa Cruz, los departamentos de Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos en la provincia de Santa Fe, los departamentos de Capital y Banda de la provincia de Santiago del Estero, el departamento de Río Grande de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el departamento Capital en la provincia de Tucumán.
 
Se mantienen las actividades esenciales, y consecuentemente exceptuadas del aislamiento; así como las actividades exceptuadas del aislamiento por las distintas Decisiones Administrativas dictadas por el Jefe de Gabinete de Ministros en la medida que el empleador garantice el traslado de los trabajadores sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
 
Por otra parte, se establece el distanciamiento social, preventivo y obligatorio para las personas que se encuentren en las regiones que cumplen positivamente con parámetros antes indicados, desde el 12 de octubre hasta el 25 de octubre de 2020, inclusive.
 
Se establece que los trabajadores pertenecientes a grupos de riesgo que están exceptuados de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social. Los trabajadores así como los empleadores deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
 
Adicionalmente, se dispone que podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico.
 
Finalmente, se prorroga hasta el 25 de octubre de 2020 la vigencia de las normas complementarias del Decreto 297/2020 y sus prórrogas, en cuanto resulten aplicables, así como la vigencia de la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, y a las personas residentes en el país y a los argentinos con residencia en el exterior (respecto de los últimos, continúan las medidas de ingreso paulatino al territorio nacional).

Jefatura de Gabinete de Ministros

Decisión Administrativa 1864/2020 (B.O. 15/10/2020) / Decisión Administrativa 1863/2020  (B.O. 15/10/2020) / Decisión Administrativa 1854/2020 (B.O. 14/10/2020): 
 
Se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 

  • Al funcionamiento de centros comerciales y a las personas afectadas a dicha actividad (D.A. 1854/2020)
  • A la construcción privada y a las personas afectadas a dicha actividad (D.A. 1863/2020) 
  • Al personal de casas particulares, aplicable en una primera etapa a quienes tengan un único empleador (D.A. 1864/2020)

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

Resolución 296/2020 (B.O. 14/10/2020): 
 
Se crea el procedimiento de “Diligencias sobre Actividades en Ciencia, Tecnología e Innovación”, el que funcionará a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), como vía alternativa a la presentación en Mesa de Entradas en soporte papel.

Ministerio de Desarrollo Productivo

Resolución 551/2020 (B.O. 15/10/2020): 
 
Se crea el “Programa de Asistencia a Empresas Estratégicas en proceso de Reestructuración de Pasivos” (PAEERP) a fin de asistir económicamente a empresas que presenten proyectos para la reestructuración de sus pasivos y cumplan con los siguientes requisitos: (a) Registren más de 500 empleados en relación de dependencia; (b) Se encuentren en una situación económica y/o financiera con necesidad justificada de reestructuración de sus pasivos; y (c) Vendan bienes y/o servicios con alto contenido tecnológico y/o realicen exportaciones con alto valor agregado. Se definen los lineamientos generales de la asistencia, la que consistirá en Aportes No Reembolsables (ANR), conforme al artículo 7.c) del Decreto 606/2014 y sus modificatorios, en el marco establecido por el artículo 5.d) del mencionado decreto.

Ministerio de Salud

Resolución 1659/2020 (B.O. 14/10/2020) / Resolución 1658/2020 (B.O. 14/10/2020): 
 
Se extiende la contratación de los residentes, jefes de las especialidades de cardiología, clínica médica, terapia intensiva infantil, anestesiología, medicina general y/o familiar, infectología, neumonología, terapia intensiva adultos, epidemiología y kinesiología que se encuentren cursando el último año de su programa de formación, desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de 2020, quienes recibirán su certificado al finalizar dicho período. Se insta a las provincias, municipios, universidades e instituciones públicas, privadas y de la seguridad social responsables de programas de residencias a adherir a esta medida.

Ministerio de Transporte

Resolución 221/2020 (B.O. 15/10/2020): 
 
Se deroga el artículo 3 de la Resolución MTr 64/2020 que dispuso la suspensión total de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial y aviación general. Asimismo, se establece que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobará las programaciones horarias de las operaciones, con la conformidad de los Gobernadores, y atendiendo a la situación epidemiológica de cada zona del país.

Administración Federal de Ingresos Públicos

Resolución General 4835/2020 (B.O. 15/10/2020): 
 
Se fija un nuevo período de feria fiscal extraordinaria entre los días 12 y 25 de octubre de 2020, ambos inclusive, con ciertas excepciones.
 
Resolución General 4833/2020 (B.O. 9/10/2020): 
 
Se extiende el beneficio de postergación o reducción del pago de contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino respecto de aquellas devengadas durante el período septiembre de 2020. Asimismo, se prorroga el vencimiento para la presentación y pago de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones del período antes mencionado. 

Administración Nacional de la Seguridad Social

Resolución 362/2020 (B.O. 13/10/2020): 
 
Se amplían los trámites que se podrán gestionar a través del Sistema “Atención Virtual”, incluyendo los referentes a Retiro Transitorio por Invalidez; Prestación por Edad Avanzada por Invalidez; Pensión por Fallecimiento solicitada por hijo  mayor incapacitado para el trabajo; Prestación por Vejez del Régimen especial para Minusválidos Ley N° 20.475; Prestación por Vejez para Trabajadores Afectados de Ceguera Congénita Ley N° 20.888 y Reclamos de Programa Hogar.

Inspección General de Justicia

Resolución General 41/2020 (B.O. 14/10/2020): 
 
Se establece un régimen de notificación para los trámites de denuncias de capitalización y ahorro para fines determinados gestionadas en formato papel, mientras continúe el distanciamiento y/o aislamiento social, preventivo y obligatorio. La notificación se realizará al domicilio electrónico (casilla de correo) que constituyan las entidades administradoras dentro de los próximos 10 días.

Instituto Nacional de la Propiedad Industrial

Resolución 167/2020 (B.O. 14/10/2020): 
 
Se prorroga hasta el 25 de octubre de 2020, inclusive, la suspensión de plazos en todos los trámites ante el INPI, y se continúa con el mantenimiento de guardias mínimas y atención por turnos.

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