Alerta de Novedades Legales

28 mayo 2020

Resumen semanal de medidas - 28 de mayo

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28/05/2020

RESUMEN SEMANAL DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)

A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas esta semana por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual. 

Para más información, pueden acceder  a nuestro portal pagbam.com/coronavirus

Poder Ejecutivo Nacional

Decreto 493/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se prorroga hasta el día 7 de junio de 2020, inclusive, el aislamiento social, preventivo y obligatorio, así como la vigencia de toda la normativa complementaria dictada con motivo del aislamiento desde la entrada en vigencia del Decreto 297/2020. Asimismo, se prorroga hasta el día 7 de junio de 2020, inclusive, la vigencia de la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, así como a las personas residentes en el país y a los argentinos con residencia en el exterior; respecto de los últimos, continúan las medidas de ingreso paulatino al territorio nacional.

Decreto 494/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se prorroga hasta el 7 de junio de 2020, inclusive, la suspensión del curso de los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. Se exceptúa de la suspensión a todos los trámites administrativos que se relacionen con la emergencia nacional.

Jefe de Gabinete de Ministros

Decisión Administrativa 897/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se establece que los Certificados Únicos Habilitante para Circulación (CUHC) caducan a las 00:00 horas del día 30 de mayo de 2020, debiendo sus titulares proceder a tramitarlo nuevamente aquí. Las personas que habían sido exceptuadas de tramitar el CUHC, también deberán tramitarlo.
 
Decisión Administrativa 909/2020 (B.O. 28/5/2020) / Decisión Administrativa 904/2020 (B.O. 27/5/2020) / Decisión Administrativa 903/2020 (B.O. 27/5/2020) / Decisión Administrativa 886/2020 (B.O. 25/5/2020) / Decisión Administrativa 876/2020 (B.O. 22/5/2020):
 
Se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio -sujeto a las reglamentaciones que cada jurisdicción dicte-:

  • En la Provincia de Chubut: Transporte público de pasajeros interurbanos en los trayectos que abarcan entre las ciudades de: (i) Rada Tilly y Comodoro Rivadavia; y (ii) Esquel y Trevelin. (D.A. 876/2020)
  • En la Provincia de Corrientes: Gimnasios; bares y restaurantes. (D.A. 876/2020)
  • En la Provincia de La Pampa: Casas de comidas, food truck, restaurantes, bares, cervecerías, cafeterías, heladerías, confiterías y todo otro local comercial destinado a la producción y venta o sólo venta de alimentos y/o bebidas que cuente con habilitación municipal para la atención y permanencia de público en el local; gimnasios; y bibliotecas.
  • En la Provincia de Mendoza: Centros comerciales, malls y shopping centers. (D.A. 903/2020)
  • En la Provincia de Santa Cruz: Restaurantes, confiterías y servicios de delivery y take away (comidas para llevar). (D.A. 876/2020)
  • En municipios bonaerenses del AMBA: Servicios de mudanzas únicamente de únicamente dentro de la misma jurisdicción. (D.A. 909/2020)
  • En municipios bonaerenses, excepto AMBA: Servicios de mudanzas interjurisdiccionales, siempre que no provengan de municipios con transmisión local del virus. (D.A. 909/2020)
  • En los municipios bonaerenses de Berazategui, Cañuelas, General Las Heras, Hurlingham, Lanús, Malvinas Argentinas, San Miguel, Tigre y Tres de Febrero, ver actividades exceptuadas. (D.A. 886/2020).
  • En el municipio bonaerense de General Pueyrredón, ver actividades exceptuadas. (D.A. 903/2020)
  • En los municipios bonaerenses de Avellaneda, Esteban Echeverría, Hurlingham, Luján, Morón y Vicente López, ver actividades exceptuadas. (D.A. 904/2020)
  • En los municipios bonaerenses de General Pueyrredón y Hurlingham, ver actividades exceptuadas. (D.A. 909/2020)

Las personas alcanzadas por la excepción deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.
 
Decisión Administrativa 887/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, consistentes en:

  • Incorporación al Programa ATP de las instituciones de prácticas deportivas.
  • Adopción de un límite salarial respecto de los potenciales beneficiarios del Salario Complementario tomando en consideración la remuneración bruta.
  • Fijación de criterios para la liquidación del beneficio de Salario Complementario para los casos de pluriempleo.
  • Determinación de beneficiarios de la postergación del pago de las contribuciones patronales, respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo.

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Resolución 444/2020 (B.O. 26/5/2020): 
 
Se autoriza al ANSES y al RENATRE a establecer en forma virtual la totalidad de los trámites relativos a la solicitud, acceso, opción de modalidad de pago y suspensión, de las prestaciones por desempleo establecidas por las Leyes 24.013 y 25.371, y 25.191, respectivamente.

Administración de Parques Nacionales

Resolución 132/2020 (B.O. 22/5/2020): 
 
Se exime a los permisionarios de actividades turísticas del pago de la proporción de los cánones anuales estipulados para su actividad del año 2020, correspondiente al período en que las Áreas Protegidas estuvieran cerradas al público.

Administración Federal de Ingresos Públicos

Resolución General 4725/2020 (B.O. 28/5/2020): 
 
Se extiende hasta el 3 de julio de 2020, inclusive, el plazo para que los empleadores que actúan como agentes de retención efectúen la liquidación anual del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2019. El importe determinado en dicha liquidación anual deberá ser retenido o reintegrado, según corresponda, al momento de efectuar el primer pago posterior o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10 de agosto de 2020, inclusive. El referido importe deberá ser informado e ingresado hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que correspondan a la primera quincena de julio de 2020 del SICORE, consignando como fecha de retención el 3 de julio 2020. Por último, la norma dispone que las liquidaciones finales o informativas por cese de la relación laboral o cambio del agente de retención cuya presentación debió efectuarse en los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020, podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2020.
 
Resolución General 4724/2020 (B.O. 28/5/2020): 
 
Se extiende hasta el 1 de junio de 2020 la suspensión del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Asimismo, se suspende transitoriamente la consideración del mes de mayo de 2020 (que se suma a los meses de marzo y abril) a los efectos del cómputo del plazo previsto en el Artículo 36 del Decreto 1/2010 para la aplicación de la baja automática del mencionado régimen.
 
Resolución General 4722/2020 (B.O. 27/5/2020: 
 
Se fija un nuevo período de feria fiscal extraordinaria entre los días 25 de mayo y 7 de junio de 2020, ambos inclusive, que implica la suspensión de los plazos procedimentales respecto de las materias impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

 Administración Nacional de la Seguridad Social

Resolución 141/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se amplia el horario habilitado para la carga de documentación, así como los trámites que podrán ser gestionados a través del Sistema de Atención Virtual de ANSES.

Comisión Nacional de Valores

Resolución General 841/2020 (B.O. 26/5/2020): 
 
Se dispuso que, para dar curso a operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior, debe observarse un plazo mínimo de tenencia de dichos valores negociables en cartera (parking) de 5 días hábiles, contados a partir su acreditación en el agente depositario.
 
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Resolución General 840/2020 (B.O. 22/5/2020): 
 
Se exceptúa de la suspensión del curso de los plazos administrativos, a los trámites de inspección e investigación iniciados, de oficio o por denuncia, en ejercicio de las facultades de inspección e investigación previstas en los artículos 19 y 20 de la Ley 26.831 de Mercado de Capitales.
 
Resolución General 839/2020 (B.O. 22/5/2020): 
 
Se crea el Régimen especial de programas de fideicomisos financieros solidarios para asistencia al sector público nacional, provincial y/o municipal en el marco de la emergencia creada por la pandemia COVID-19.

Ente Nacional de Comunicaciones

Resolución 461/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se prorroga la suspensión de la atención al público por el plazo de duración del aislamiento. Asimismo, establece que en orden al curso de los plazos en los procedimientos administrativos -con las excepciones previstas en la norma- habrá de estarse a la suspensión ordenada en el Decreto 458/2020 y sus prórrogas. Por otra parte, se modifica el artículo 2 de la Resolución ENACOM 326/2020 a efectos de prorrogar por 60 días corridos contados a partir del 1 de julio de 2020, la vigencia de los permisos, autorizaciones, registros, inscripciones y licencias cuyos vencimientos o plazo operen desde el 16 de marzo y hasta el 30 de junio 2020, inclusive. Finalmente, se establece que las empresas prestadoras de los servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, podrán proceder a solicitar la autorización para la apertura de sus locales comerciales a las autoridades nacionales y/o provinciales que correspondan.

 Inspección General de Justicia

Resolución General 28/2020 (B.O. 25/5/2020): 
 
Se establece que la suspensión general del curso de los plazos de los procedimientos ante IGJ será prorrogada automáticamente mientras los plazos administrativos no se reanuden en el ámbito nacional.

Instituto Nacional de la Propiedad Industrial

Resolución 47/2020 (B.O. 27/5/2020): 
 
Se prorroga hasta el 7 de junio de 2020, inclusive, la suspensión de plazos en todos los trámites ante el INPI, y se continúa con el mantenimiento de guardias mínimas y atención por turnos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Acordada 16/2020:
 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación prorrogó la feria extraordinaria desde el 25 de mayo hasta el 7 de junio de 2020, ambos días incluidos. Entre las cuestiones más relevantes de la referida acordada se destacan las siguientes:

  • Se prorroga la feria extraordinaria en los mismos términos que las Acordadas 6, 8, 10,13 y 14 del corriente;
  • Se mantiene el horario de atención al público para los tribunales de feria de lunes a viernes desde las 09:30 hasta las 13:30 horas; y
  • Se encomienda a los tribunales nacionales y federales que tengan a su cargo la superintendencia de cada fuero o jurisdicción que designen las autoridades de feria para atender a los asuntos que no admitan demora y los que surgen de los lineamientos y supuestos señalados en las acordadas 6, 9, 10, 13 y 14 de 2020.

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

Resolución 535/2020:
 
La Suprema Corte de Justicia prorrogó las medidas dispuestas por Resolución Nº 480/20, sus aclaratorias y complementarias, hasta el día 7 de junio de 2020.

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