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RESUMEN DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
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Decreto 455/2021 (B.O. 9/7/2021):
Se prorrogan las medidas generales de prevención previstas en el Decreto 287/2021 y sus normas complementarias hasta el día 6 de agosto de 2021, inclusive.
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Jefatura de Gabinete de Ministros
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Decisión Administrativa 683/2021 (B.O. 9/7/2021):
Se prorroga hasta el 6 de agosto de 2021 la vigencia de la Decisión Administrativa Nº 2252/2020 y sus modificatorias y complementarias. Durante ese período:
(i) La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), dispondrá y/o mantendrá la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros y en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido y países del continente africano, y como origen Brasil, Chile e India. La ANAC podrá ampliar o reducir la nómina de países o establecer otras excepciones.
(ii) La ANAC dispondrá los cupos semanales en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de los argentinos y residentes que se encuentren en el exterior, conforme el siguiente detalle: de 5.200 plazas, para la semana del 10 al 16 de julio de 2021, inclusive; de 6.300 plazas, para la semana del 17 al 23 de julio de 2021, inclusive; y de 7.000 plazas, para las semanas del 24 al 30 de julio 2021 y del 31 de julio al 6 de agosto de 2021, inclusive, respectivamente. La ANAC podrá ampliar, disminuir o eliminar tales cupos, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.
(iii) el Ministerio de Salud determinará los puntos de entrada al país.
(iv) Excepcionalmente la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) podrá autorizar el ingreso de personas al territorio nacional por medio de otros pasos fronterizos, cuando concurran especiales y acreditadas razones humanitarias que así lo ameriten.
Asimismo, se mantienen vigentes las disposiciones contenidas en los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de la Decisión Administrativa 2252/2020; 3° y 6° de la Decisión Administrativa 2/2021; 2°, inciso 2, tercero y cuarto párrafos, 3°, 4°, 5°, 6° y 8° de la Decisión Administrativa 268/2021; 3°, 4°, 6° y 7° de la Decisión Administrativa 342/2021, modificada por su similar 437/2021 y 3° de la Decisión Administrativa 512/20 21, relativas a los requisitos que deben cumplir los autorizados a ingresar al territorio nacional.
Además, se establece que la DNM fijará una frecuencia para el transporte fluvial internacional de pasajeros de hasta 2 buques semanales, los que deberán respetar un aforo del 50%.
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Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
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Resolución 388/2021 (B.O. 8/7/2021):
Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” consistentes en la definición y adopción de parámetros y condicionalidades para los programas REPRO II y Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, aplicables al mes de junio de 2021.
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Dirección Nacional de Migraciones
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Disposición 1892/2021 (B.O. 9/7/2021):
Se prorroga hasta el 6 de agosto de 2021, inclusive, la vigencia de la Disposición DNM 1798/2021, que suspendió la aplicación de la Disposición DNM 3763/2020, que habilitaba el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes que fueran parientes directos de ciudadanos argentinos, y que ingresaran transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad, y no requieren visado.
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