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RESUMEN DE MEDIDAS - CORONAVIRUS (COVID-19)
A continuación detallamos las nuevas medidas que han sido adoptadas/publicadas por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.
Para más información, pueden acceder a nuestro portal pagbam.com/coronavirus
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Decreto 903/2021 (B.O. 31/12/2021):
Se prorrogan hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, a partir de la fecha de su vencimiento, (i) la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 34/2021 y su prórroga, que eximió del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, cuyas actividades se encontraren específicamente mencionadas en el Anexo de dicha medida; y (ii) la vigencia de las disposiciones del artículo 2° del Decreto N° 300/2020, y sus prórrogas, que estableció un tratamiento diferencial a los empleadores correspondientes a las actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
Decreto 899/2021 (B.O. 29/12/2021):
Se prorrogan hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 323/2021, que estableció una reducción del 100% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para los empleadores que accedan al beneficio otorgado por el “Programa REPRO II”y que encuadren en los sectores críticos, respecto de cada relación laboral activa.
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Jefatura de Gabinete de Ministros
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Decisión Administrativa 1316/2021 (B.O. 31/12/2021):
Se establecen ciertas modificaciones a la Decisión Administrativa N° 951/2021, sobre a las condiciones de ingreso al país de personas nacionales y residentes en nuestro país, nacionales y residentes de países limítrofes y demás extranjeros no residentes.
Así, principalmente, se dispuso que previo al inicio del viaje hacia la República Argentina, los operadores de medios de transporte -aéreo, fluvial y marítimo- de pasajeros internacionales deberán -sin excepción- comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los requisitos sanitarios, solicitando se les exhiba al embarque:
- Declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) completada al menos 48 horas antes del inicio del viaje sin observaciones del control sanitario.
- Prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o certificado de alta médica emitido dentro de los últimos 90 días previos al inicio del viaje y PCR positivo que acredite que sufrió la enfermedad en ese lapso correspondiéndole dicha alta médica. Las personas se manifestarán sobre el test PCR pre embarque en la declaración jurada exigida por la DNM, sin acompañar el documento en formato digital. Ello, sin perjuicio de que deba portarlo durante su estadía en el país, cuando sea igual o menor a los 14 días.
- Certificado que acredite haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país o de su exención. Se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DNM, sin necesidad de acompañar el mencionado certificado en la declaración.
- Seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
Los operadores de medios de transporte están facultados a negar el embarque a quienes no cumplan con esos requisitos.
Toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada, y su falseamiento u omisión de información darán lugar al inicio de las correspondientes acciones penales.
Una vez en el territorio nacional, las personas que ingresen al país deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios.
También, se establece que los argentinos residentes, y extranjeros residentes o no residentes que ingresen al país, mayores de 6 años de edad que hayan acreditado estar vacunados con parte del esquema de vacunación o con el esquema de vacunación completo, de acuerdo al país de origen, deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada al país, debiendo abstenerse durante esos días de estadía en el país de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados.
Decisión Administrativa 1275/2021 (B.O. 29/12/2021) / Decisión Administrativa 1291/2021 (B.O. 30/12/2021):
Se autoriza la apertura como corredores seguros internacionales para el ingreso a la República Argentina:
- A través de la provincia de Chubut, de los siguientes pasos fronterizos: (a) Paso Fronterizo Terrestre Lago Blanco (República Argentina) - Balmaceda (República de Chile); y (b) Paso Fronterizo Terrestre Trevelín (República Argentina) – Futaleufú (República de Chile) (D.A. 1275/2021).
- A través de la provincia de San Juan, del Paso Fronterizo Terrestre Las Flores (República Argentina) - Huanta (República de Chile) (D.A. 1291/2021)
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Administración Federal de Ingresos Públicos
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Resolución General 5128/2021 (B.O. 29/12/2021):
Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive, el plazo de restitución voluntaria del beneficio de asignación del Salario Complementario.
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Administración Nacional de la Seguridad Social
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Resolución 277/2021 (B.O. 30/12/2021):
Se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones puestas al pago durante los meses de enero y febrero de 2022.
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