A través de la Resolución UIF No. 21/2018 (la “Resolución”), publicada en el Boletín Oficial el día 1/03/2018, la Unidad de Información Financiera (“UIF”) estableció los lineamientos para la Gestión de Riesgos de LA/FT que los Sujetos Obligados del Mercado de Capitales deberán adoptar.
En concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes, y conforme las Recomendaciones emitidas por el GAFI, la Resolución implica el pasaje de un enfoque de cumplimiento normativo formalista a un enfoque basado en riesgos.
Entre otros aspectos relevantes, la Resolución habilita a los Sujetos Obligados a implementar plataformas tecnológicas acreditadas para permitir los trámites a distancia sin exhibición personal de la documentación.
Asimismo, la Resolución incluye a las nuevas categorías de agentes del mercado de capitales conforme a las disposiciones de la Ley 26.831 y la Resolución Gral. CNV 622/2013; comprendiendo también a los fideicomisos financieros con oferta pública, sus fiduciarios, fiduciantes y las personas físicas o jurídicas vinculadas directa o indirectamente con estos, derogando parcialmente la Resolución UIF 140/12 sólo sobre tales sujetos, continuando vigentes las disposiciones de la misma para los restantes fideicomisos.
Finalmente, se prevé un Plan de Implementación, a fines de que los Sujetos Obligados cumplan gradualmente con la nueva normativa. Dicho plan se escalona en tres etapas:
- Etapa 1 (a implementar para el 30/9/18): Desarrollo de una nueva metodología de identificación y evaluación de riesgos acorde a las pautas del Capítulo II de la Resolución.
- Etapa 2(a implementar para el 31/12/18): Informe técnico que refleje los resultados de la implementación de la metodología de identificación y evaluación de riesgos.
- Etapa 3 (a implementar para el 31/3/19): Ajuste total de las nuevas políticas y procedimientos, debiendo ya estar contenidas en el Manual de Prevención de LA/FT.
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