Poder Ejecutivo Nacional
Se prorroga la vigencia de los plazos previstos en los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 12 del DNU 320/2020 referidos a la suspensión de desalojos, prórroga de contratos de locación, congelamiento del precio de alquileres, subsistencia de fianzas, deudas por diferencias de precio y falta de pago, y extensión de mediación obligatoria para procesos ejecutorios y de desalojo.
Decreto 756/2020 (B.O. 20/9/2020):
Se modifica el artículo 1 del Decreto 311/2020 a efectos de establecer que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios indicados en el artículo 3° del mencionado decreto, en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas consecutivas o alternas (el Decreto 311/2020 y sus modificaciones refería a 6 facturas), con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso. Asimismo, se establece que si un usuario accediera a un plan de facilidades de pago, se considerará a los efectos de esta disposición, como una factura pagada. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de esta obligación, así como las obligaciones de (i) brindar un servicio de manera normal y habitual a los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de energía eléctrica que no hubieran abonado la correspondiente recarga; y (ii) brindar un servicio reducido que garantice la conectividad a los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet que no hubieran abonado la correspondiente recarga.
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para que los contribuyentes que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas y las entidades civiles sin fines de lucro puedan acogerse al Régimen de Regularización de obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras -así como la condonación de sus intereses, multas y demás sanciones- establecido en la ley 27.541. Asimismo, se establece que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten desde el 1° y hasta el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 16 de septiembre de 2020.
Se excluye de la exigencia de tramitar un permiso de exportación a las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur 9019.20.10 (Aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios) y 9019.20.10 (Respirador portátil).
Decreto 351/2020: Emergencia pública - Convocatoria a Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país para fiscalización y control.
Se convoca a los Intendentes de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior (sobre Precios Máximos de venta).
También se convoca a los Gobernadores y al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar el control y juzgamiento de las disposiciones establecidas en la mencionada Resolución 100/2020, en el ámbito de sus competencias, encomendándose la coordinación de estas acciones con los intendentes.
Decreto 319/2020: Emergencia Pública - Hipotecas
Se dispone el congelamiento hasta 30 de septiembre de 2020 de la cuota mensual de (i) los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y (ii) los créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).
Asimismo, se suspenden por el mismo plazo las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales vinculadas a dichos créditos.
Se establece que la diferencia entre la suma de dinero que hubiere debido abonarse según las cláusulas contractuales y la suma de dinero que efectivamente corresponda abonar por aplicación del congelamiento del monto de las cuotas, podrá abonarse en, al menos, 3 cuotas sin intereses, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, junto con el vencimiento de la cuota del crédito correspondiente al mes de octubre.
Se establece que las deudas que pudieran originarse en la falta de pago, en pagos realizados fuera de los plazos contractuales pactados, o en pagos parciales, podrá abonarse en, al menos, 3 cuotas sin intereses, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, junto con el vencimiento de la cuota del crédito correspondiente al mes de octubre. Podrán aplicarse intereses compensatorios.
Decreto 320/2020: Emergencia Pública - Alquileres
Se dispone, salvo acreditada vulnerabilidad del locador, el congelamiento hasta el 30 de septiembre de 2020 del precio de las locaciones de los inmuebles que se enuncian a continuación:
- De inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural.
- De habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
- De inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
- De inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
- De inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
- De inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
- De inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
- De inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
Asimismo, se suspenden por el mismo plazo la ejecución de las sentencias judiciales cuyo objeto sea el desalojo de inmuebles arriba individualizados.
Se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2020 la vigencia de los contratos de locación de los inmuebles individualizados, con conformidad del locador.
Se establece que la diferencia que resultare entre el monto pactado contractualmente y el que corresponda pagar por el congelamiento, deberá ser abonada por el locatario, en al menos 3 cuotas y como máximo 6 cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento la primera de ellas, junto con canon locativo correspondiente al mes de octubre del corriente año.
Se establece que las deudas que pudieran originarse en la falta de pago, en pagos realizados fuera de los plazos contractuales pactados, o en pagos parciales, deberá ser abonada por el locatario, en al menos 3 cuotas y como máximo 6 cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento la primera de ellas, junto con canon locativo correspondiente al mes de octubre del corriente año. Podrán aplicarse intereses compensatorios.
Decreto 316/2020: Régimen de regularización de deudas
Se prorroga hasta el 30 de junio de 202 el plazo para que las Micro, Pequeñas o Medianas empresas puedan acogerse al régimen de regularización de deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social y de condonación de intereses, multas y demás sanciones de la Ley Nº 27.541.
Se establece que las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR listadas en el Anexo (productos vinculados con el coronavirus), deberán tramitar un permiso de exportación a ser emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo, con la necesaria intervención del Ministerio de Salud.
Jefe de Gabinete de Ministros
Decisión Administrativa 818/2020:
Se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio a ciertas actividades industriales en los municipios de La Matanza, Pilar, Quilmes, San Martín, Tres de Febrero y Zárate.
Disposición 53/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones:
Se modifican los pasos a seguir en la implementación práctica de los procedimientos de selección para la contratación de bienes y servicios en el marco de la emergencia.
Decisión Administrativa 472/2020:
Se establece que en los procesos de compra que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco del Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios, no podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los Precios Máximos establecidos por la Resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo (precios informados al SEPA vigentes al 6 de marzo de 2020) o aquellos que se dispongan en el futuro.
Ministerio de Desarrollo Productivo
Se crea el “Programa de Asistencia a Empresas Estratégicas en proceso de Reestructuración de Pasivos” (PAEERP) a fin de asistir económicamente a empresas que presenten proyectos para la reestructuración de sus pasivos y cumplan con los siguientes requisitos: (a) Registren más de 500 empleados en relación de dependencia; (b) Se encuentren en una situación económica y/o financiera con necesidad justificada de reestructuración de sus pasivos; y (c) Vendan bienes y/o servicios con alto contenido tecnológico y/o realicen exportaciones con alto valor agregado. Se definen los lineamientos generales de la asistencia, la que consistirá en Aportes No Reembolsables (ANR), conforme al artículo 7.c) del Decreto 606/2014 y sus modificatorios, en el marco establecido por el artículo 5.d) del mencionado decreto.
Resolución 491/2020 (B.O. 18/9/2020):
Se aprueban las condiciones para la conversión del beneficio de Crédito a Tasa Subsidiada para empresas en subsidio.
Se establece con carácter de excepción que aquellas empresas que sean incorporadas en la actualización del corriente año del universo de “Empresas Grandes” (conforme RG AFIP 4367/2018 y RG AFIP 4723/2020), serán sujetos obligados al Régimen de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” partir del primer día hábil del mes de noviembre posterior a su publicación; y que aquellas empresas que sean excluidas del universo de “Empresas Grandes”, dejarán de ser sujetos obligados al Régimen a partir del primer día hábil del mes de septiembre, posterior a la publicación de la referida actualización anual. Asimismo, se extiende hasta el 31 de diciembre del 2020 la inaplicabilidad del Régimen respecto de los comprobantes originales emitidos por una Micro, Pequeña o Mediana Empresa a una “Empresa Grande” que sean cedidos en los términos del Artículo 1618 CCCN, antes de ser cancelados, rechazados o aceptados por la destinataria.
Se crea el "Programa Soluciona. Reactivación de la Economía del Conocimiento" con el objetivo de brindar asistencia financiera a personas jurídicas para favorecer la reactivación económica del país mediante el desarrollo y/o la implementación de soluciones, productos y/o servicios innovadores generadas por los sectores de la economía del conocimiento orientadas a brindar soluciones que atiendan a las problemáticas sanitarias, económicas y productivas generadas por el COVID-19.
Se aprueba la reglamentación del Decreto 311/2020 que establece la abstención de corte de servicios en caso de mora o falta de pago.
Establece un régimen informativo de precios de la Industria Frigorífica de la Carne Vacuna y sus derivados por el término de 90 días corridos, pudiendo prorrogarse en caso de necesidad.
Encomienda a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia la realización de una investigación del mercado de carne vacuna a fin de determinar la posible comisión de infracciones a la Ley Nº 27.442.
Secretaría de Comercio Interior
Se prorroga hasta el 31 de enero de 2021 las previsiones de la Resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior en materia de fijación de precios máximos de venta para consumidores finales. Asimismo, se intima a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos en el Anexo I de la Disposición N° 55/16 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y en el Anexo I de la Resolución N° 448/2016 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de dicha resolución.
Se prorroga hasta el 31 de octubre de 2020, inclusive, la vigencia de la Resolución SCI 100/2020 y sus modificatorias, que dispuso la fijación como precios máximos para ciertos productos de consumo masivo. Los precios máximos son aquellos informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) al día 6 de marzo de 2020, más el porcentaje de aumento autorizado mediante Disposición 13/2020 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores.
Se prorroga hasta el 1 de octubre de 2020, inclusive, la vigencia de la Resolución SCI 119/2020, que suspendía los procesos de vigilancia respecto de los certificados de aparatos eléctricos de uso doméstico cuya condición sea “regularizado” y “en orden”.
Se establece que los plazos previstos en las garantías contractuales y legales en los términos de la Ley 24.240 se tienen por suspendidos por todo el periodo en que los consumidores se hayan visto imposibilitados de ejercer sus derechos en virtud del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se indica que los proveedores deberán informar la suspensión a los consumidores de manera cierta, clara y detallada; si poseen sitios web o aplicaciones móviles, deberán incluir esta información en la pantalla de inicio, de modo visible. También se establece que los proveedores deberán informar dicha suspensión en el paso inmediatamente anterior al pago.
Se aprueba el modelo de acuerdo a suscribirse con las empresas que proveen terminales para pagos electrónicos del tipo P.O.S., por medio del cual las empresas del sector se han comprometido a bonificar el 100% del precio mensual de las terminales inactivas instaladas al día de la fecha en los comercios y establecimientos cuyas actividades no se encuentren alcanzadas por las exclusiones y excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio, o bien resulten prohibidas durante el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
Se prorroga desde el 29 de junio y hasta el 17 de julio de 2020, inclusive, la suspensión de plazos procedimentales y/o procesales en todos los expedientes en trámite por las Leyes 19.511 (de Metrología), 24.240 (de Defensa del Consumidor), 26.993 (de COPREC), 25.156 y 27.442 (de Defensa de la Competencia), 22.802 y Decreto 274/2019 (de Lealtad comercial), así como la suspensión de los plazos, procedimientos y audiencias realizadas en el marco del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo. La suspensión no tiene efectos sobre aquellos trámites que se inicien a través del SICOME.
Se prorroga hasta el 15 de agosto de 2020, inclusive, la vigencia de la Resolución SCI 119/2020, que suspendía los procesos de vigilancia respecto de los certificados de aparatos eléctricos de uso doméstico cuya condición sea “regularizado” y “en orden”.
Se prorroga hasta el 30 de agosto de 2020, inclusive, la vigencia de la Resolución SCI 100/2020 de precios máximos de venta.
Se encomienda a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, dependiente de la Secretaría de Comercio Interior, la supervisión, seguimiento, implementación y verificación de todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes 20.680 (de Abastecimiento) y 24.240 (de Defensa del Consumidor), y sus normas modificatorias y complementarias, así como de la Resolución SCI 100/2020 (de precios máximos de venta).
Asimismo, faculta a la Subsecretaría para que pueda establecer nuevos precios máximos en aquellos casos en los que se acrediten debidamente variaciones en las estructuras de costos -con posterioridad al 6 de marzo de 2020- que afecten sustancialmente la situación económica financiera de los sujetos alcanzados por la Resolución SCI 100/2020.
Se prorroga la suspensión de todos los plazos correspondientes a los (i) expedientes en trámite por las Leyes Nros. 19.511, 22.802, 24.240, 25.156, 26.993 y 27.442, y (ii) plazos, procedimientos y audiencias realizadas en el marco del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo hasta el día 28 de junio de 2020 inclusive.
Se prorroga por 60 días corridos adicionales la vigencia de la Resolución SCI 86/2020 y sus modificatorias, que dispuso la retrocesión transitoria del precio de venta del alcohol en gel, en todas sus presentaciones, a los valores vigentes al día 15 de febrero de 2020.
Se prorroga por 60 días corridos adicionales la vigencia de la Resolución SCI 86/2020 y sus modificatorias, que dispuso la retrocesión transitoria del pr: Se prorroga hasta el día 7 de junio de 2020, inclusive, la suspensión de plazos procedimentales y/o procesales en todos los expedientes en trámite por las Leyes 19.511 (ley de metrología), 22.802 (antigua ley de lealtad comercial), 24.240 (ley de defensa del consumidor), 25.156 (antigua ley de defensa de la competencia), 26.993 (Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo -COPREC-), y 27.442 (ley de defensa de la competencia), y el Decreto 274/2019 (decreto de lealtad comercial), así como la suspensión de los plazos, procedimientos y audiencias realizadas en el marco del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo. No obstante, se aclara que la suspensión no tendrá efectos sobre aquellos trámites que se inicien a través del Sistema de Conciliación por Medios Electrónicos (SICOME) perteneciente al COPREC.
Se prorroga por el plazo de 120 días corridos la vigencia de la Resolución 107/2020, que excluye temporalmente la exigencia del trámite de presentación de la Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP) respecto de ciertos insumos críticos. Asimismo, se suspenden por el mismo plazo los efectos de las Resoluciones 850/1996 (Régimen para los productos textiles, prendas y calzados de fabricación nacional o importados que se comercialicen en el mercado interno) y 896/1999 (Requisitos esenciales que deberán cumplir los equipos, medios y elementos de protección personal comercializados en el país) y sus modificatorias, cuando el objeto de la adquisición sean barbijos y tapabocas.
Se implementa en el ámbito de la Dirección de Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) el Sistema de Conciliación por Medios Electrónicos (SICOME), y se establece su reglamentación.
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, la vigencia de la Resolución SCI 100/2020 y sus modificatorias, que dispuso la fijación como precios máximos para ciertos productos de consumo masivo, aquellos informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al día 6 de marzo de 2020.
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, la vigencia de la Resolución SCI 100/2020 y sus modificatorias, que dispuso la fijación como precios máximos para ciertos productos de consumo masivo, aquellos informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al día 6 de marzo de 2020.
Se prorroga hasta el día 24 de mayo de 2020, inclusive, la suspensión de plazos procedimentales y/o procesales en todos los expedientes en trámite por las Leyes 19.511 (ley de metrología), 22.802 (antigua ley de lealtad comercial), 24.240 (ley de defensa del consumidor), 25.156 (antigua ley de defensa de la competencia), 26.993 (Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo -COPREC-), y 27.442 (ley de defensa de la competencia), y el Decreto 274/2019 (decreto de lealtad comercial), así como la suspensión de los plazos, procedimientos y audiencias realizadas en el marco del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.
Se comunica que para (i) todos aquellos trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley 27.541, ampliada por el Decreto 260/2020; y (ii) todos los procedimientos iniciados por la SCI como autoridad de aplicación de las Leyes 19.511 (ley de metrología), 20.680 (ley de abastecimiento), 24.240 (ley de defensa del consumidor) y el Decreto 274/2019 (decreto de lealtad comercial) en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional declarada mediante el Decreto 260/2020, todas las notificaciones serán remitidas a la sede electrónica de la cuenta del usuario de la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD), incluso respecto de aquellas actuaciones iniciadas en soporte papel.
Se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive, la suspensión de plazos procedimentales y/o procesales en todos los expedientes en trámite por las Leyes 19.511 (ley de metrología), 22.802 (antigua ley de lealtad comercial), 24.240 (ley de defensa del consumidor), 25.156 (antigua ley de defensa de la competencia), 26.993 (Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo -COPREC-), y 27.442 (ley de defensa de la competencia), y el Decreto 274/2019 (decreto de lealtad comercial), así como la suspensión de los plazos, procedimientos y audiencias realizadas en el marco del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.
Se modifica en forma transitoria y mientras dure la vigencia de la Resolución SCI 100/2020 el listado de productos sujetos a precios máximos de venta (excluyendo frutas y verduras).
Se prorroga por 30 días corridos adicionales la vigencia de la Resolución SCI 100/2020 que dispuso la fijación de como precios máximos para ciertos productos de consumo masivo aquellos informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al día 6 de marzo de 2020. Esta medida puede ser prorrogable.
Aclara que a los efectos de la normativa COVID el "alcohol en gel" comprende a todos aquellos productos de similares características para el aseo de manos que contengan alcohol como su insumo más importante. Fija precios máximos.
Retrotrae el precio de toda la cadena de producción de termómetros corporales de contacto a los valores vigentes al día 6 de marzo.
Fija un precio máximo de venta al público de $40 por unidad para los barbijos no quirúrgicos y/o de una capa, y retrotrae los valores de la cadena de producción de dicho producto a los valores vigentes el día 6 de marzo.
Limita la comercialización de los “barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRI-CAPA”, exclusivamente para aquellas personas que acrediten mediante documentación fehaciente su condición de profesional o personal del servicio de la salud y/o a las personas jurídicas que tengan por objeto la prestación del mencionado servicio.
En todos los casos, los comercios deberán exhibir listados de precios.
Prorroga la suspensión de plazos de todos los procedimientos administrativos en trámite por las leyes de Defensa de la Competencia, Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial. La suspensión se prorroga hasta el 26 de abril inclusive.
Se aclara que los productos alcanzados por los Artículos 1° y 2° de la Resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior (sobre Precios Máximos de venta), están identificados en el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA), únicamente por: “rubro”, “categoría” y/o “sub-categoría”.
Asimismo, se hace saber que para la debida individualización de un bien o servicio alcanzados por las distintas reglamentaciones de la Ley 20.680 de Abastecimiento y sus modificaciones, deberán considerarse sus características y atributos esenciales establecidos con prescindencia de cualquier otra identificación, denominación y/o clasificación superflua o que realicen los agentes económicos intervinientes en la cadena de producción, distribución y comercialización.
Modifica aspectos del Programa "Ahora 12".
(i) Los sujetos obligados por la Resolución N° 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo (almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados así como los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas, a excepción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) deberán poseer, en cada uno de sus puntos de venta, los listados de los precios vigentes al día 6 de marzo de 2020 para cada producto, de todos los productos alcanzados por la mencionada norma.Dichos listados deberán corresponder al punto de venta específicamente y no tratarse de un listado genérico en el caso de cadenas de establecimientos.
Los productos alcanzados son los incluidos en el Anexo I de la Disposición N° 55/16 de la ex Subsecretaría de Comercio Interior.
(ii) Los sujetos obligados por la Resolución N° 86/2020 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo (todos los integrantes de la cadena de producción, distribución y comercialización del alcohol en gel y sus insumos) deberán poseer en sus puntos de venta los listados con los precios del alcohol en gel, en todos sus presentaciones de comercialización, al día 15 de febrero de 2020. Dichos listados deberán corresponder al punto de venta específicamente y no tratarse de un listado genérico en el caso de cadenas de establecimientos.
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores:
Se prorroga la vigencia de determinados "Certificado MiPyME" hasta el último día del mes de junio 2020.
Se prorroga hasta el día 9 de junio de 2020, inclusive, el plazo para la presentación de las rendiciones de cuentas de los proyectos presentados en el marco del Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa -Convocatoria Año 2019- bajo el Régimen de Crédito Fiscal (Resolución N° 221/2019).
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores: Se autoriza la celebración de contratos de garantía recíproca mediante instrumentos particulares no firmados, recurriendo a documentos electrónicos que cuenten con firmas electrónicas. El certificado de garantía que emita la Sociedad de Garantía Recíproca deberá ser suscripto con firma digital.
Secretaría de Energía
Se prorroga desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2020 el plazo establecido en el Artículo 21.1 del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por el Artículo 2° de la Resolución 100/2018 de la ex Secretaría de Gobierno de Energía, y sus modificatorias y prórrogas, para la suscripción de los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable y los respectivos Acuerdos de Adhesión al Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER) por parte de los Adjudicatarios seleccionados por la Disposición 91/2019 de la ex Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética, y quienes hayan manifestado la aceptación a la invitación dispuesta por el Artículo 5° de la citada disposición.
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la reducción del 50% de los recargos a los agentes del Mercado Eléctrico Mayorista, establecidos por el artículo 5º de la Resolución 29/2019 de la ex Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico.
Secretaría de Minería
Se aprueba la “Adaptación del Plan Nacional de Minería Social” durante la emergencia pública sanitaria.
Se prorroga desde el 26 de mayo y hasta el día 7 de junio de 2020, inclusive, la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley 24.196 de Actividad Minera, así como la suspensión del cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias. No obstante, se establece que de disponerse nuevas prórrogas al aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto 297/2020, la presente medida quedará prorrogada durante las mismas fechas. Mientras tanto podrá utilizarse la Plataforma de "Trámites a Distancia" (TAD) para realizar presentaciones en aquellos trámites que se encuentran habilitados en formato electrónico.
Se prorroga hasta el día 24 de mayo de 2020, inclusive, la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley 24.196 de Actividad Minera, así como la suspensión del cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias.
Se prorroga hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive, la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley 24.196 de Actividad Minera y sus modificatoria, así como la suspensión del cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias.
Se autoriza la emisión de certificados y/o constancias para la utilización del beneficio previsto en el Artículo 21 de la Ley 24.196 de Actividad Minera, iniciados a través de la plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD), suspendiéndose la emisión de dichos documentos por cualquier otra vía.
Se prorroga hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley de Actividad Minera (Ley N° 24.196) y sus modificatorias. También se suspende el cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias.
Se prorroga hasta el 12 de abril de 2020, inclusive, la suspensión de la atención al público en relación a todos los trámites vinculados con la aplicación de la Ley de Actividad Minera (Ley N° 24.196) y sus modificatorias. También se suspende el cómputo de plazos para expedirse por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras y sus dependencias.
Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores:
Se establecen nuevos precios máximos de ciertas categorías de productos, mediante un porcentaje a aplicarse en cada eslabón de la cadena de producción, distribución y comercialización sobre los precios vigentes al día 6 de marzo de 2020. Los listados de precios en puntos de venta deberán poseer los precios vigentes al 6 de marzo de 2020 y los precios actuales.
Superintendencia de Servicios de Salud
Se otorga apoyo financiero de excepción a los Agentes del Seguro de Salud que hubieran sufrido una caída en la recaudación durante el mes de agosto de 2020, con relación al mes de marzo de 2020.
Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores
Se extienden hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive, el cese de actividades del RENATRE y la suspensión de los plazos administrativos.
Se extiende el cese de las actividades presenciales del RENATRE hasta el 26 de abril de 2020 y se suspende el cómputo de los plazos administrativos hasta la misma fecha.
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
Se crea el Programa de asistencia crítica y directa para la agricultura familiar, campesina e indígena en el ámbito de la Secretaría de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Resolución 42/2020:
Se aprueba el modelo de Constancia de Inscripción y Declaración Jurada para el Transporte Interjurisdiccional de Trabajadores relacionados a actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, el que se emitirá por medio electrónico, desde el portal web oficial del MAGyP (https://ddjjcovid19.magyp.gob.ar).
La Constancia deberá ser presentada a las autoridades del Ministerio de Transporte, a los fines de la tramitación de las excepciones a la prohibición de Transporte Interjurisdiccional, con al menos 24 horas de antelación al transporte de los trabajadores indicados en la Constancia.
Subsecretaría de Mercados Agropecuarios
Se adoptan medidas para que las firmas autorizadas a emitir certificados de depósito y warrants puedan incorporarse al nuevo sistema digital, estableciéndose un período de coexistencia de la modalidad papel y modalidad electrónica durante el término 60 días corridos.
Instituto Nacional de Vitivinicultura
Se establece de forma transitoria que el alcohol etílico intervenido en procedimientos por infracción a la Ley N° 24.566, se destinará preferente a combatir la emergencia por Coronavirus.
Se establece de forma transitoria que aquellos productos calificados en forma definitiva como “PRODUCTO GENUINO - AVERIADO” y/o “NO CORRESPONDE A SU ANÁLISIS DE ORIGEN” que se encuentren intervenidos a granel, tendrán como destino prioritario la destilación para ser consignada a combatir la emergencia por Coronavirus.
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Se prorroga hasta el 31 de octubre de 2020, el plazo de vigencia de las habilitaciones, inscripciones y modalidad de trámites establecidos en los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución SENASA 310/2020.
Disposición 130/2020 de la Dirección Nacional de Sanidad Animal:
Se prorrogan hasta el 31 de mayo del año 2020, por única vez y con carácter excepcional, los períodos de vigencia de las pruebas diagnósticas requeridas para mantener o recertificar la condición de establecimiento libre cuyo vencimiento se produjera entre el día 20 de marzo de 2020 y hasta el 31 de mayo 2020.
Aprueba un formulario de declaración jurada para el transporte de animales vivos. Aclara que no obstante la entrada en vigencia de dicho formulario, siguen vigentes las exigencias sanitarias dispuestas por la Resolución 810/2009.
Instituto Nacional de Semillas
Se prorroga por 120 días el vencimiento del pago del arancel anual 2020 del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares. Asimismo, se prorroga por única vez y hasta el día 31 de julio de 2020 el vencimiento de las inscripciones ante el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas, corriendo a partir del día siguiente los 60 días de plazo para regularizar la situación, establecidos por la Resolución INS 205/2017.
Ente Nacional Regulador del Gas
Se prorroga por 60 días corridos adicionales (es decir, hasta el 27 de octubre de 2020) el plazo dispuesto en la Resolución ENARGAS 35/2020, que estableció el mecanismo de facturación del servicio para (i) los usuarios a quienes se les efectúa una facturación estimada y (ii) los Usuarios Residenciales nuevos o con datos históricos menores a un año y los Usuarios no Residenciales que opten por no informar el consumo del período mediante declaración jurada
Se otorga a las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes, un plazo de 90 días corridos, a partir de que se disponga el cese de las medidas de aislamiento o distanciamiento social, preventivo y obligatorio, para que efectúen las tareas correspondientes a fin de verificar si han sido regularizados los defectos secundarios que hayan detectado, como consecuencia de las inspecciones de seguridad llevadas a cabo en las instalaciones de gas de todos los establecimientos educativos, oficiales y privados del país, en tanto no se vean afectadas cuestiones que impliquen un riesgo de seguridad para las personas y/o para los bienes.
Se establece el mecanismo de facturación del servicio para (i) los usuarios a quienes se les efectúa una facturación estimada y (ii) los Usuarios Residenciales nuevos o con datos históricos menores a un año y los Usuarios no Residenciales, que opten por no informar el consumo del período mediante declaración jurada conforme Resolución ENARGAS 25/2020.
Ente Nacional Regulador de la Electricidad
Se instruye a EDENOR y EDESUR a que a aquellos usuarios de la categoría T1 residencial (T1R) que no cuenten con tele medición, se aplique el menor consumo registrado en los últimos 3 años previo a la emisión de la factura correspondiente al mismo periodo estimado. Ello, hasta tanto se cuente con lecturas reales de los medidores de facturación. Asimismo, se dispone que las eventuales diferencias que surjan entre las lecturas reales y lo que se haya facturado serán evaluadas oportunamente.
Ente Regulador de Agua y Saneamiento
Se modifica el Reglamento de Contrataciones aprobado como Anexo I de la Resolución ERAS 39/2018, transitoriamente, durante la vigencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
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