Alerta de Novedades Legales

18 mayo 2020

Alerta de Novedades - Edición Especial: Derecho Tributario - Mayo 2020

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18/05/2020

ALERTA DE NOVEDADES LEGALES

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Derecho Tributario

Tax Law

AFIP dicta nueva reglamentación del régimen de precios de transferencia para operaciones internacionales

El día 15 de mayo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 4717/2020, mediante la cual AFIP reglamentó cuestiones relativas al control de precios de transferencia en operaciones internacionales. La nueva resolución sustituye a la Resolución General (AFIP) N° 1122, y otras normas complementarias a esta última.

El cambio de las normas reglamentarias se realiza en función de adecuarlas a las últimas modificaciones legales en materia de precios de transferencia y las recomendaciones de la OCDE sobre la materia.

Se recuerda que las normas de precios de transferencia buscan prevenir la erosión de la base imponible en el República Argentina por medio de operaciones internacionales realizadas por entidades vinculadas económicamente.

La nueva regulación de precios de transferencia se refiere en general a las operaciones entre partes vinculadas e importaciones y exportaciones entre partes independientes, e incorpora reglas específicas sobre operaciones internacionales que involucren prestación de servicios, materia financiera, operaciones que involucren activos intangibles, operaciones con intermediarios internacionales, exportación de hidrocarburos, y “reestructuraciones de negocios”, entendiendo por estas últimas, la reorganización transfronteriza de las relaciones financieras y comerciales entre partes vinculadas o con sujetos radicados en jurisdicciones de baja o nula tributación o no cooperantes. En este último caso, se analizará que la compensación o indemnización resultante de la reorganización transfronteriza se adecua a la que hubiere correspondido en caso de involucrar a partes independientes.

Asimismo, la medida se enmarca en la coyuntura actual en la que la cotización oficial de la divisa difiere y se muestra retrasada respecto de la cotización implícita que surge de operaciones de compra y liquidación de títulos que se suscriben en moneda local y se liquidan en moneda extranjera.

Mediante el control de los precios de transferencia se busca también evitar maniobras de subfacturación en la exportación o sobre-facturación en la importación, que entre otros aspectos, se relacionan con el desequilibrio en las cotizaciones de divisa indicadas anteriormente. En este sentido y con un propósito alineado a estas cuestión también se enmarca la reciente Resolución General (AFIP) 4710/2020 vinculada a la materia aduanera que establece valores referenciales en la exportación de productos. Por su parte, la Comisión Nacional de Valores y el Banco Central de la República Argentina han dispuesto medidas relacionadas con esta cuestión en el marco de sus respectivas competencias.

Asimismo, mediante la nueva Resolución General se regulan cuestiones relacionadas con el “Estudio de Precios de Transferencia” y el “Informe Maestro” que deben presentar los sujetos que pertenezcan a los denominados “Grupos” definidos en el punto 1 del Anexo 1 de la Resolución General 4130/2017 (que refiere a determinados grupos de empresas internacionales). La obligación de presentar tanto el “Estudio de Precios de Transferencia” como el “Informe Maestro” se supedita a que se superen determinados importes de facturación, tanto por parte del sujeto obligado, o bien, a nivel del grupo económico del que forma parte.

Finalmente, se fijan los plazos para el cumplimiento de las presentaciones de declaraciones juradas establecidas en el régimen, disponiéndose también nuevos formularios a esos efectos. Los vencimientos se fijan a partir de junio de 2020.

Las disposiciones de la Resolución General 4717/2020 entraron en vigencia el 15/05/2020 y son de aplicación para los ejercicios fiscales cerrados a partir del 31 de diciembre de 2018, inclusive.

Para más información contactar a:
Manuel M. Benites y L. Marcelo Núñez

AFIP issues new regulations on transfer pricing on international transactions

General Resolution AFIP No. 4717/2020, published in the Official Gazette on May 15, 2020, regulates the control of transfer prices of international transactions. The new resolution replaces General Resolution No. 1122, and other complementary regulations.

The change of the regulations is made with the purposes of adapting them to the latest amendments to transfer pricing rules and the recommendations of the OECD on this matter.

The transfer pricing rules seek to prevent the erosion of the tax base in Argentina through international transactions carried out by economically related parties.

The new regulations on price transfering apply in general to all international transactions between related parties and imports and exports between independent parties, and include specific rules about international operations involving the provision of services, financial matters, transactions involving intangible assets, operations with international intermediaries, exports of hydrocarbons, and "business restructurings", the latter being understood as the cross-border reorganisation of financial and commercial relations between related parties or with subjects residing in low or null taxation jurisdictions or non-cooperative jurisdictions. According to the new Resolution, in this case, it will be analysed whether the compensation or indemnification resulting from the cross-border reorganisation is reasonable compared to which would have granted if independent parties were involved.

Moreover, it should be noted that the new regulation has been issued in an economic context in which the official exchange rate differs and is lower than the implicit exchange rate that is used in transactions for the purchase and settlement of securities that are subscribed in local currency and settled in foreign currency.   

The purpose of controlling transfer prices is also prevent under-invoicing mechanisms in exports, or over-invoicing in imports, which relate to the imbalance in the foreign exchange rates described above. In this sense and with a similar purpose, AFIP recently issued General Resolution No. 4710/2020 on customs matters, by which it established reference values in the export of products. Additionally, the National Securities Commission (CNV) and the Central Bank of Argentina (BCRA) have issued other regulations related to this matter.

The new General Resolution also contains regulations related to the "Transfer Pricing Study" and the "Master Report" that must be submitted by taxpayers that form part of the "Groups”, as defined in point 1 of Annex 1 of General Resolution No. 4130/2017 (which refers to certain international company groups). The obligation to file both the "Transfer Pricing Study" and the "Master Report" arises when certain invoicing amounts are exceeded, either by the taxpayer or by the taxpayer's economic group.

Finally, it sets the deadlines for the submission of the reports established in the regime, and new forms are also provided for this purpose.

The provisions of General Resolution No. 4717/2020 came into effect on May 15, 2020 and are applicable for fiscal years ending on or after December 31, 2018. The applicable due dates start as from June, 2020.

For more information contact:
Manuel M. Benites and L. Marcelo Núñez

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