Son los expedientes por los casos de Villa Mascardi, Cuesta del Ternero y el Obispado de San Isidro; involucran a varias comunidades; las diversas razones de las demoras
SAN CARLOS DE BARILOCHE.- La renovada conflictividad que se generó esta semana en los terrenos usurpados en Villa Mascardi, a 35 kilómetros de esta ciudad, hacen que tanto la opinión pública como los denunciantes vuelvan a poner el acento en los desalojos como única salida posible.
Así lo vienen reclamando, por caso, los miembros de la Junta Vecinal de Villa Mascardi desde que comenzaron las ocupaciones en octubre de 2017. En estos cinco años, la comunidad Lafken Winkul Mapu ha ido extendiendo la toma original -el predio de Parques Nacionales en el kilómetro 2006 de la ruta 40- a otros terrenos aledaños. Por las distintas usurpaciones y decenas de otros delitos denunciados en la zona existen múltiples causas abiertas, tanto en la provincia de Río Negro como a nivel federal.
“Villa Mascardi es una zona en la que hay tierras de jurisdicción nacional, que son del Estado Nacional, de Parques Nacionales, en donde cualquier trámite judicial, órdenes de desalojo y causas que se tramitan van por el fuero federal. Y luego hay propiedades privadas, como La Cristalina, La Escondida, Los Radales. Esas causas tramitan en el fuero provincial. Entonces, son dos competencias distintas, dos carriles distintos. Eventualmente, el día de mañana podrían confluir todas las causas en la Corte Suprema, que podría tener una decisión final sobre el tema”, explica Nicole Jaureguiberry, abogada especializada en Derecho Público y socia del estudio Pagbam.
Entre 2016 y 2018, Jaureguiberry se desempeñó como directora general de Asuntos Jurídicos de la Administración de Parques Nacionales, por lo que vivenció de cerca la primera ocupación en Villa Mascardi. Desde la dirección interpusieron entonces la primera denuncia por usurpación. Eso resultó en el desalojo que ocurrió el 23 de noviembre de 2017.
Si bien se concretó el desalojo del predio tomado, miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu reingresaron al lugar y el 25 de noviembre la Prefectura realizó un operativo que derivó en el crimen del joven Rafael Nahuel. En otra causa, por ese hecho hay cinco integrantes del grupo Albatros procesados.
“Además de aquella primera orden de desalojo que se dictó, algo que no se sabe mucho es que Parques tiene un mecanismo propio para recuperar sus tierras cuando hay una ocupación. Por medio del artículo 12 de la ley 22.351, puede intimar a los ocupantes dentro de su jurisdicción para solicitar la restitución de las tierras. Ese proceso también se siguió en el caso del predio en Villa Mascardi, pero tampoco se pudo ejecutar. En ese momento, se pidió el auxilio de la fuerza pública en el juzgado federal de Bariloche, pero no quisieron ejecutarlo. Más allá de lo legal, la situación se complejizó tras la muerte de Nahuel. Cada vez que las autoridades ingresaban o pasaban por la zona había mucha confrontación”, repasa Jaureguiberry.
En efecto, en su capítulo V (Población y Expulsión de Intrusos), la ley 22.351 indica que “la autoridad de aplicación está facultada para promover la reubicación en las Reservas Nacionales o fuera de su jurisdicción de los pobladores existentes en los Parques Nacionales en las tierras del dominio público”. Asimismo, puede “disponer la expulsión de los intrusos en los inmuebles del dominio público” a través de una intimación a los ocupantes a restituir los bienes dentro del término de 30 días corridos. “Si no fueran devueltos, podrá requerir a la Justicia la inmediata expulsión de los ocupantes. Efectuada la presentación requerida, en la que deberá acreditar dichos recaudos, los jueces sin más trámite ordenarán el lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública”, dispone la ley.
Jaureguiberry añade que esos terrenos de Parques Nacionales sobre la ruta 40 estaban ocupados antes por personas que no eran comunidades indígenas: “Habían sido cedidos en comodato al gremio FOETRA y el Estado los recuperó. En octubre de 2016, allí se hizo la celebración por el día del guardaparque nacional. El proyecto era hacer la Escuela Nacional de Guardaparques en el ex Hotel Mascardi. Y al año siguiente las tierras fueron tomadas”.
La abogada también advierte que los miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu no tienen personería jurídica en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). “Estas personas que dicen ser mapuches no lo son. Eso se acreditó en la causa. Han turbado la posesión y está demostrado que ocupan ilegítimamente el territorio”, señala.
Y si bien podría decirse que se agotó aquella orden de desalojo original que quedó trunca, Jaureguiberry opina que no hace falta dictar otra: “La orden no se ejecutó efectivamente, el predio sigue ocupado, por lo que el juzgado podría volver a intentar esa orden. Si la Justicia no quiere ordenar el desalojo, la única solución es que el Estado disponga alguna forma de entregar esas tierras a ocupantes ilegítimos, algo que, en realidad, sería renunciar a su patrimonio. Considero que hay inacción del Estado. Se necesita voluntad de todas las partes involucradas, tanto para impulsar como para requerir y ejecutar”.
El abogado Ernesto Saavedra, que representa al dueño de La Cristalina, Diego Frutos, coincide en señalar la falta de voluntad política en el incumplimiento de las órdenes de desalojo. “En todos estos conflictos hay dos órdenes de desalojo pendientes: la del Obispado de San Isidro, en Villa Mascardi, y la de Cuesta del Ternero, en la causa Rocco. Ambas están pendientes con doble conforme”.
La doble conforme es una garantía constitucional: significa que tienen fallo del juez de Garantías y del juez de juicio. Son medidas que, si no fueron apeladas en su debido momento, se encuentran firmes y deben ejecutarse.
La causa Rolando Rocco tiene como protagonistas al empresario forestal y a miembros de la comunidad Quemquemtreu, que en septiembre de 2021 ocuparon dos lotes en Cuesta del Ternero, a 30 kilómetros de El Bolsón. En ese caso, además de la causa abierta por usurpación, existe otra por el crimen, en noviembre de ese año, de Elías Garay y la tentativa de homicidio de Gonzalo Cabrera, ambos integrantes de la comunidad Quemquemtreu. En esa causa hay dos imputados: Martín Cruz Feilberg y Diego Alejandro Ravasio, contratistas de Rocco.
“No se entiende por qué en la causa Rocco hoy todavía tenemos que estar esperando el desalojo. Las órdenes no se cumplen por falta de decisión política y eso, en Cuesta del Ternero, dio lugar y provocó el incidente donde murió Elías Garay y que tiene detenido hace más de 11 meses a Feilberg y Ravasio. Ellos entraron a trabajar”, dice Saavedra, que es abogado de Rocco y de Feilberg.
Además de Cuesta del Ternero, la otra orden de desalojo que se encuentra pendiente es la del predio perteneciente al Obispado de San Isidro en Villa Mascardi, que fue ocupado en abril de 2020 por la comunidad Lafken Winkul Mapu. “Eso nunca se ejecutó porque la víctima intentó ir para atrás, aunque eso no se puede hacer porque son delitos de acción pública”, indica Saavedra.
En octubre de 2020, el juez de garantías Juan Martín Arroyo ordenó la restitución del lugar. A los pocos días y a través de un comunicado firmado por el vicario general de la diócesis, presbítero Mariano Caracciolo, el obispado de San Isidro pidió a las autoridades que se postergue el desalojo: “Al ser notificados del reintegro del inmueble, y ante la posibilidad de hechos violentos, pedimos a las autoridades pertinentes, postergar la restitución dispuesta por el juez hasta tanto se hallen dadas las condiciones y los protocolos que garanticen dicha medida, sin el empleo de violencia”.
Jaureguiberry señala que las fuerzas provinciales debieran ejecutar de todos modos la orden judicial, al tiempo que remarca la importancia de que las órdenes sean impulsadas y ejecutadas. La abogada también explica que no hay caducidad en las órdenes de desalojo dispuestas por la Justicia: “Lo que suele ocurrir es que, si pasan 2 o 3 años, por ejemplo, se ordene desde los juzgados una nueva constatación del lugar, para ver si perdura la situación y luego se define fecha para ejecutar los desalojos”.
Finalmente, los abogados consultados destacan la importancia de que las fuerzas de seguridad ocupen y permanezcan en los territorios luego de los eventuales desalojos, para que las resoluciones sean fructíferas y las tierras no vuelvan a ser ocupadas. Este miércoles, la familia Dates, propietaria de la cabaña Los Radales, usurpada este martes, inició una acción de desalojo. “Todavía no se ha ejecutado. Estoy a la espera de la resolución judicial”, lamentó Luis Dates.