Alerta de Novedades Legales

10 marzo 2021

Alerta de Novedades Legales - 10 de marzo 2021

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10/03/2021

ALERTA DE NOVEDADES LEGALES

LEGAL NEWS ALERT

Derecho Aduanero

Customs Law

Derechos de Exportación. Adecuación de alícuotas para determinadas mercaderías del sector automotriz

El 10 de marzo de 2021 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 150/2021 (el “Decreto”), que modificó el alcance del artículo 2° del Decreto N° 789/2020 para determinados bienes finales referidos al sector automotriz.

Cabe recordar que el Decreto Nº 789/2020 fijó derechos de exportación para determinados bienes de origen automotriz y estableció la reducción al 0% en la alícuota de los derechos de exportación para las exportaciones incrementales de los productos indicados en su Anexo II, con destino extra MERCOSUR, y tomando como base los últimos doce meses previos a la vigencia de dicho decreto. Puede consultarse un breve video en español al respecto aquí, y una breve descripción de dicho Decreto Nº 789/2020 aquí.

El Decreto mantiene la vigencia de la alícuota de exportación del 0% para las exportaciones incrementales sobre determinados bienes finales referidos al sector automotriz indicados en su Anexo, pero aclaró que dicho beneficio se aplicará en los términos de sus valores FOB y sobre aquellas operaciones que sean realizadas por cada exportador hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo, se determinó que se tomará como base el año 2020. 

Asimismo, incluye a las exportaciones con destino intra-MERCOSUR.

Por último, se precisó que tanto el Ministerio de Economía como el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar normas complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto.

El Decreto entró en vigencia el 10 de marzo de 2021.



Para mayor información, por favor contactar a Andrés M. Galíndez y Germán A. Martín Quirán.

Automobile Industry Export Duties

On March 10, 2021, Decree No. 150/2021 was published in the Official Gazette (the “Decree”), modifying the scope of Article 2 of Decree No. 789/2020 for certain final goods related to the automotive industry.

Please note that Decree No. 789/2020 established export duties for certain goods of automotive origin, and passed a reduction to 0% in the tax rate of export duties for incremental exports of goods included in its Annex II, exported to non MERCOSUR countries. Incremental exports were to be calculated in relation with exports registered during the twelve months prior to the date that said decree entered into force. Please click here for a short video in Spanish describing Decree no. 789/2020, and here for a short description in English.

The Decree maintains the export tax rate of 0% for incremental exports of final goods included in its Annex, but it states that said benefit will apply based on the FOB value of the goods. It also states that incremental export operations will be calculated considering exports registered until December 31, 2021, in comparison to those registered during 2020, for each exporter. In addition, the Decree includes exports to all countries, including MERCOSUR Members.

Finally, it was specified that both, the Ministry of Economy and the Ministry of Productive Development may establish complementary regulations which may be of need for the implementation of this decree.

The Decree entered into force on March 10, 2021.


For further information, please refer to Andrés M. Galíndez and Germán A. Martín Quirán.

Telecomunicaciones y Tecnología

Telecommunications and Technology

 Se fija el Régimen Sancionatorio

Mediante la Resolución Nº 221/2021 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), publicada en el Boletín Oficial el día 3 de marzo de 2021, se aprueba el Régimen de Sanciones aplicables para los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS). 

Dicho régimen puede encontrarse acá.  

Para mayor información, por favor contactar a Arnaldo Cisilino.

 

The Sanctions Regime is established

By means of Resolution No. 221/2021 of the National Communications Entity (ENACOM), published in the Official Gazette on March 3, 2021, the applicable Sanctions Regime for the Information and Communication Technology Services (ICS) is established. 

Please find here said regime.

For further information, please refer to Arnaldo Cisilino.

Derecho Administrativo

Public Law

 Decreto N° 74/2021.  Reglamentación de la Ley N° 2.095 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A través del Boletín Oficial N° 6069 de fecha 2 de marzo de 2021, se promulgó el Decreto N° 74/2021 (el “Decreto”) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CABA”) que reglamenta la Ley de Compras y Contrataciones de CABA aprobada por la Ley N° 2.095. 

El Decreto principalmente dispone lo siguiente:

  1. El Órgano Rector será el encargado de autorizar las excepciones a la tramitación de los procedimientos de compras y contrataciones por la vía electrónica.
  2. Todo proceso de compras y contrataciones deberán ejecutarse de acuerdo con lo informado en el Plan Anual de Compras y Contrataciones elaborado por la Unidad Operativa de Adquisiciones.
  3. Se prohíbe la contratación de bienes o servicios por quienes no se encuentren autorizados según el procedimiento establecido por el Órgano Rector. Cada jurisdicción deberá proponer al Órgano Rector las Unidades Operativas de Adquisiciones que actuarán en el ámbito de su respectiva jurisdicción.
  4. Todo aquel proveedor de bienes y servicios que desee contratar con el Sector Público de CABA deberán inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones.
  5. Establece el procedimiento interno a seguir para la ejecución de la contratación directa y la subasta pública.
  6. Detalla los distintos tipos de sanciones y el procedimiento por el cual tramitarán.
  7. Fija los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de selección de contratación bienes, servicios y muebles registrables.
  8. Todos los procesos de selección -cuyos expedientes hayan sido iniciados con anterioridad a la publicación del Decreto- se regirán por la reglamentación vigente en su momento.

Para mayor información, por favor contactar a Nicole Jaureguiberry y Joaquín Ojeda Gonçalves. 

 Decree No. 74/2021. Regulation of Law No. 2,095 of the City of Buenos Aires 

The City of Buenos Aires (the “City”) has published the Decree No. 74/2021 (the “Decree”) which regulates the Public Contracting and Procurement established by the Law No. 2,095. The Decree was enacted in the City’s Official Gazette No. 6069 on March 2, 2021.

Mainly, the Decree provides as follows:

  1. The Administrative Authority shall be responsible for authorizing exceptions to the electronic processing of procurement and contracting procedures.
  2. All purchasing and contracting processes must be carried out in accordance with the Annual Purchasing and Contracting Plan prepared by the Procurement Operating Unit.
  3. The procurement of goods or services by those who are not authorized according to the procedure established by the Administrative Authority is prohibited. Each jurisdiction shall propose to the authority the Procurement Operating Units that will act within their respective jurisdictions.
  4. All suppliers of goods and services who are to contract with the Public Sector of the City must register in the Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), under the Dirección General de Compras y Contrataciones.
  5. It establishes the internal procedure to be followed for the execution of direct contracting and public auctions.
  6. It describes the different types of penalties and the procedure by which they will be processed. 
  7. It establishes the decision levels and competencies for the different types of procedures for the procurement of goods and services.
  8. All selection procedures -whose files have been initiated prior to the publication of the Decree- will be governed by the regulations in force at the time.

For further information, please refer to Nicole Jaureguiberry and Joaquín Ojeda Gonçalves. 

Energía

Energy

Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Caso Saavedra, Provincia de Jujuy

El 25 de febrero de 2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (la “Corte”) se declaró competente por vía originaria en la causa “Saavedra Silvina Graciela y otros c/ Administración Nacional de Parques Nacionales, Estado Nacional y otros s/ Amparo Ambiental”. En dicha causa, la parte actora persigue la declaración de inconstitucionalidad y nulidad absoluta de la continuidad de la explotación petrolera respecto del área “Caimancito” (el “Área”), situada dentro del Parque Nacional Calilegua, ubicado en la Provincia de Jujuy.

La Corte se consideró competente tanto en razón de la materia como por las personas (Parques Nacionales y Provincia de Jujuy). 

Asimismo, la Corte decidió hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la parte actora, consistente en el cese de (i) los actos administrativos dictados como consecuencia de la cesión de los derechos y obligaciones por parte de Pluspetrol S.A. a JHP International Petroleum Engineering Ltda. respecto del Área; (ii) de los actos administrativos relativos a la aprobación de los proyectos de trabajos y a la aprobación del estudio de impacto ambiental relativo al Área; y (iii) de la extracción de petróleo como de todos los trabajos vinculados a dicha actividad en el Área.

Para ver los antecedentes del caso, por favor referirse al Newsletter de Marzo de 2018.

Para mayor información, por favor contactar a Francisco J. Romano.

Supreme Court Ruling on the Saavedra Case, Province of Jujuy

On February 25, 2021, the Federal Supreme Court of Justice (the “Court”) declared itself competent to hear the case “Saavedra Silvina Graciela et al v. National Administration of National Parks, Federal Government of Argentina et al on Environmental Injunction (amparo)” within the purview of its original jurisdiction. In this case, the plaintiff pursues the declaration of unconstitutionality and absolute nullity of the continuation of oil operations regarding the “Caimancito” area (the “Area”), which overlies and surrounds the Calilegua National Park, located in the Province of Jujuy.

The Court took jurisdiction over the case based on the subject matter, which is interjurisdictional in nature, and on the status of the parties involved which include the Federal Agency for National Parks and the Province of Jujuy.

The Court decided to grant the injunction requested by the plaintiff, and ordered the cease and desist of (i) the administrative acts issued as a consequence of the assignment of the rights  and obligations of Pluspetrol S.A. to JHP International Petroleum Engineering Ltda. with respect to the Area; (ii) the administrative acts related to the approval of the work programs and the approval of the environmental impact assessment related to the Area; and (iii) the extraction of crude oil and all ancillary operations in the Area.

To see more regarding the background of the case, please refer to our March 2018 Newsletter.

For further information, please refer to Francisco J. Romano.

Coronavirus

Coronavirus

Resumen de medidas

Haga click aquí para conocer las nuevas medidas que han sido adoptadas recientemente con motivo de la emergencia sanitaria actual. 

New measures summary

Please click here to access the new measures that have been adopted recently due to the current health emergency (in Spanish).

NOTICIAS

NEWS

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (PAGBAM) y Brillo Abogados concretan un acuerdo de asociación

 Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (PAGBAM) and Brillo Abogados sign a professional cooperation agreement

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (PAGBAM) y Brillo Abogados han celebrado un acuerdo de colaboración profesional por el cual Brillo Abogados ha sido designada como firma asociada a PAGBAM en la Provincia de Neuquén, permitiendo así la atención conjunta de clientes con inversiones y presencia en dicha Provincia y su zona de influencia.

La decisión estratégica de esta asociación entre ambos estudios, cuya excelencia y liderazgo en la prestación de servicios jurídicos ha sido reconocida por clientes y publicaciones locales e internacionales, es fruto de años de trabajo conjunto.

PAGBAM es un estudio jurídico integral que hace más de 30 años se especializa en asesorar a compañías y organizaciones locales y extranjeras en todas las áreas del derecho, destacándose especialmente en el área de Energía, en su doble aspecto regulatorio y transaccional. Desde sus oficinas en Buenos Aires (Argentina), Nueva York (Estados Unidos) y, recientemente, Santiago (Chile) provee asesoramiento legal coordinado con capacidad transaccional para clientes locales e internacionales.

Brillo Abogados, por su parte, es una firma de servicios legales con oficinas en la Provincia del Neuquén, que ofrece asesoramiento de excelencia con el objetivo de brindar soluciones creativas e innovadoras principalmente en el mercado energético local. 

La asociación promoverá el intercambio de abogados y el asesoramiento legal conjunto, con la posibilidad de contar con expertos locales y presencia directa en la Provincia de Neuquén, especialmente en los nuevos desarrollos en Vaca Muerta, en beneficio de los clientes locales e internacionales de ambos estudios con intereses en dicha  Provincia. Asimismo, permitirá a ambas firmas extender su alcance regional, promover sinergias y combinar la especialización de sus profesionales en las más diversas áreas del derecho.

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (PAGBAM) and Brillo Abogados have entered into a professional collaboration agreement whereby Brillo Abogados has been  appointed as PAGBAM Associated Office in the province of Neuquén, thus allowing the joint rendering of services for clients with investments and presence in such province and the surrounding area.
 
The strategic decision of this association between both firms, whose excellence and leadership in the rendering of legal services has been broadly recognized by clients and local and international publications, is the result of years of joint work.
 
PAGBAM is a full-service law firm that for more than 30 years has specialized in advising local and foreign companies and organizations in all areas of law, standing out especially in the Energy area, both in regulatory and transactional aspects. From its offices in Buenos Aires (Argentina), New York (United States) and, recently, Santiago (Chile), PAGBAM provides coordinated legal advice with transactional capacity for local and international clients.
 
Brillo Abogados is a law firm with offices in the province of Neuquén that offers outstanding advice with the aim of providing creative and innovative solutions mainly in the local energy market.
 
This partnership will promote the exchange of lawyers and joint legal advice, with the possibility of having local experts and direct presence in the province of Neuquén, especially in the new developments in Vaca Muerta, for the benefit of local and international clients of both law firms with interests in such province. Likewise, it will allow both firms to extend their regional scope, promote synergies and combine the specialization of their professionals in the most diverse areas of law.

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